Condenado el ex alcalde socialista de Cambil a una multa e inhabilitación por prevaricación urbanística continuada
El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado al pago de una multa de 1.620 euros y a cinco años de inhabilitación para el cargo de alcalde o concejal al que fuera primer edil de Cambil (Jaén), el socialista Agustín Cubillo, como autor de un delito continuado de prevaricación urbanística.
Se le condena, según recoge la sentencia a la que ha accedido Europa Press, por otorgar licencia para edificar una vivienda sabiendo que no debía autorizar al encontrarse en suelo no urbanizable. Al ex alcalde, que también deberá pagar las costas, se le aplica la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
Junto a Cubillo, la magistrada condena también por el mismo delito a un funcionario del Ayuntamiento de Cambil a R.G.T, al que además de la multa de 1.620 euros, se le inhabilita por cinco años para el cargo público de aparejador o arquitecto municipal.
El tercer condenado esta causa es un vecino de Cambil, A.G.R., al que se le condena como autor de un delito contra la ordenación del territorio, también con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a tres meses de prisión y al pago de una multa de 1.080 euros.
La causa se remonta a 2004, cuando A.G.T., en calidad de promotor y constructor, tras adquirir una parcela no urbanizable en el paraje conocido como Huerta de las Cerezas, comenzó a levantar una vivienda unifamiliar, una piscina y una caseta para instalaciones. Lo hizo «dentro de la zona de policía del río Villanueva y un muro de contención dentro de la zona de servidumbre del río». Lo hizo sin la preceptiva licencia de obras que pidió en marzo de 2006, pero que le fue denegada.
El condenado continuó con las obras y finalizó la edificación en mayo de 2006. En junio de ese año volvió a solicitar la licencia de obra, que se le concedió «a sabiendas de que las obras ejecutadas incumplían el planeamiento y la normativa urbanística y sectorial». Seguidamente, el alcalde, Agustín Cubillo, «con conocimiento de que las obras incumplían las normas» y «prescindiendo del preceptivo informe jurídico del secretario del Ayuntamiento» procedió a conceder licencia de obras y licencia de primera ocupación por decreto de Alcaldía. Esto permitió al constructor en febrero de 2007 acudir ante notario para otorgar escritura de obra nueva.
La sentencia no acuerda la demolición de la construcción tal y como había solicitado el Ministerio Público, pero sí acuerda la nulidad de la licencia municipal de primera ocupación y la nulidad de la escritura de obra nueva otorgada ante el notario de Huelma. La sentencia no es firme y cabe recurso ante la Audiencia de Jaén.
No es la primera sentencia de este tipo por el que se condena al exalcalde de Cambil. En noviembre de 2010 Cubillo fue condenado a un año y tres meses de prisión y siete años de inhabilitación como autor de un delito continuado de prevaricación por otorgar licencias para edificar dos viviendas sabiendo que no se debían autorizar al encontrarse en suelo no urbanizable.
En aquella ocasión, junto a Cubillo, fueron condenadas otras ocho personas –propietarios de las casas y los responsables técnicos de los proyectos y de las constructoras– a seis meses de prisión, si bien tampoco se ordenaba la demolición de los inmuebles, como había solicitado el Ministerio Fiscal que, además, retiró su acusación al décimo acusado, el aparejador J.F.L.S., durante el juicio.
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