Independentismo en Cataluña

PDeCAT y ERC serán ilegalizados si no expulsan a sus líderes al ser condenados por rebelión o sedición

fiscalía
La foto original, en la que Santi Vila aparece situado entre Junqueras y Puigdemont.
Agustín de Grado
  • Agustín de Grado
  • Subdirector y responsable del Área Política en OKDIARIO. Antes jefe de área en ABC, subdirector en La Razón y director de Informativos en Telemadrid.

La ilegalización de los partidos independentistas que atenten contra la Constitución se ha vuelto a colocar en la agenda política. Pablo Casado, candidato a la presidencia del PP, se ha comprometido a promoverla. Y herramientas legales tiene a su alcance. La Ley de Partidos no permite que una formación política pueda mantener entre sus dirigentes a condenados por delitos contra la Constitución, la rebelión y la sedición entre ellos.

El futuro de ERC, del PDeCAT y de la nueva formación que está poniendo en marcha Carles Puigdemont (Crida Nacional per la República) dependerá de la condena que el Tribunal Supremo imponga a los dirigentes golpistas. La condena por rebelión o sedición implicará automáticamente que estos partidos tengan que deshacerse de sus dirigentes condenados. De lo contrario, la ilegalización será un hecho.

La Ley de Partidos no deja lugar a las dudas. Según el artículo 1, “los promotores de un partido político deben ser personas físicas, mayores de edad, que se encuentren en el pleno ejercicio de sus derechos, no estén sujetos a ninguna condición legal para el ejercicio de los mismos y no hayan sido penalmente condenados por asociación ilícita, o por alguno de los delitos graves previstos en los Títulos XXI a XXIV del Código Penal”.

Y según el artículo 9, “serán igualmente tomadas en consideración las sanciones administrativas impuestas al partido político o a sus miembros y las condenas penales que hayan recaído sobre sus dirigentes, candidatos, cargos electos o afiliados, por delitos tipificados en los Títulos XXI a XXIV del Código Penal, sin que se hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión”.

Delitos contra la Constitución

¿Qué delitos están establecidos en los Títulos XXI a XXIV del Código Penal? Precisamente, los delitos de rebelión y sedición de los que están acusados los dirigentes golpistas por intentar subvertir el orden constitucional. De tal forma que, una vez condenados por uno de los dos delitos, o bien Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de los procesados son expulsados de sus respectivos partidos, o bien las formaciones estarán incurriendo en una situación prevista por la Ley de Partidos para proceder a su ilegalización.

Además, la condena tendrá implicaciones económicas sobre los partidos de los dirigentes condenados. El artículo 127 de la Ley Electoral veta las subvenciones a las formaciones que «en sus órganos directivos, grupos parlamentarios o políticos, mantengan personas condenadas por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, terrorismo o delitos graves contra las instituciones del Estado «.

O bien Puigdemont, Junqueras y el resto de los procesados son expulsados de sus partidos, o bien estarán incurriendo en una situación prevista por la Ley de Partidos para su ilegalización

Este horizonte penal está siendo analizado tanto en ERC como en el PDeCAT. Los republicanos mantienen en público que “Junqueras es el presidente y eso no cambiará”. Sin embargo, lo cierto es que ERC presentó una segunda lista a las elecciones del pasado 21-D (Diálogo Republicano) y la puso a rodar en previsión de acontecimientos futuros.

Por su parte, el PDeCAT celebrará congreso el próximo fin de semana. En uno de los primeros borradores de la ponencia organizativa, avanzado por el diario ‘Ara’, tras ofrecer a ex consejeros presos y fugados formar parte de la dirección, añadía una posible respuesta a la aplicación de la Ley de Partidos: «Sólo en la hipótesis de una condena que imposibilite el ejercicio de la función de liderazgo ejecutivo o de pertenencia a cualquier órgano del partido, se autorizaría al Consejo Nacional la creación de un órgano de asesoramiento y consultivo que permita la continuidad y la presencia en la vida del partido de los presos y exiliados”. Sin embargo, este apartado fue retirado de la ponencia y no se debatirá porque «no hay que avanzar escenarios que no se han producido», afirman fuentes de la dirección consultados por el periódico independentista.

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