Caso Alsasua: los proetarras de Sortu acusan al TS de «no tener interés en trabajar por la paz»
El Supremo ve indicios de terrorismo en la agresión de Alsasua y mantiene el caso en la Audiencia
Podemitas e independentistas piden firmas entre eurodiputados a favor de los agresores de Alsasua
Los proetarras de Sortu ha calificado este jueves de «despropósito» la decisión del Tribunal Supremo de dejar en manos de la Audiencia Nacional el caso de la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra), y ha dicho que los jóvenes acusados de estos hechos «tienen que estar en la calle». Según el partido liderado por el terrorista convicto Arnaldo Otegi, el TS no tiene «interés en trabajar por la paz».
Horas antes, el Supremo había declarado al juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, dirigido por la juez Carmen Lamela, competente para investigar el ataque de Alsasua ocurrido el pasado 15 de octubre de 2016, al entender que indiciariamente se trataría de un delito de terrorismo.
El partido de la izquierda abertzale ha hecho público un comunicado en el que asegura que «el Tribunal Supremo y los mandatarios españoles quieren tapar la impunidad de la que goza la Guardia Civil y blanquear su pasado».
Añade que «el desarme del 8 de abril fue crucial para avanzar hacia un nuevo escenario» y «aquí algunos no tienen ningún interés en trabajar a favor de la paz». Considera que con pronunciamientos de este tipo «profundizan en el sufrimiento, sin darse cuenta que con ello castigan a toda la sociedad vasca».
«Es imprescindible que las leyes de excepción y las ‘audiencias’ sean cosa del pasado. Que nos dejen en paz de una vez», recalca en su nota Sortu, quien insiste en que «es totalmente necesaria la desmilitarización de Euskal Herria […] La Guardia Civil tiene que marcharse».
El Supremo ha resuelto, en realidad, la cuestión de competencia planteada por el Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona, a instancia de la Audiencia Provincial de Navarra, que considera que la causa debía seguirse allí. El TS afirma que los hechos pueden encajarse en el artículo 573.1 del Código Penal que considera delito de terrorismo la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física cuando se lleva a cabo con la finalidad de provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.
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