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Congreso de los Diputados

Brutal repaso de Edmundo Bal a Podemos: «Ustedes viven en chalets grandes y no ven la okupación»

"Para usted es legítimo algo que el Código Penal dice que es delito", señala el diputado de Cs a Garzón

Las 6.259 okupaciones en Cataluña con ERC y Colau quintuplican las de Madrid

El debate parlamentario de la convalidación del decreto-ley del Gobierno que ampara las okupaciones no violentas bajo el estado de alarma ha dejado para la hemeroteca todo un repaso del jurista y portavoz adjunto de Ciudadanos en el Congreso, Edmundo Bal, al ministro de Consumo, Alberto Garzón, encargado de defender el texto del Ejecutivo. «Usted viven en chalets grandes y no ven la okupación», ha espetado el ex abogado del Estado purgado por Pedro Sánchez a los populistas desmontando con argumentación jurídica la «tropelía» que supone este polémico decreto.

Edmundo Bal ha remarcado que el artículo 245 del Código Penal, el del delito de usurpación de bienes inmuebles, tiene dos párrafos, persiguiendo el segundo a todo aquel que «ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular». A este respecto, el diputado de Ciudadanos ha denunciado ante Garzón que «para usted es legítimo algo que el Código Penal dice que es delito», con el argumento de que «no expulsar a la calle a un señor que se mantiene en propiedad ajena contra la voluntad del propietario sin violencia y sin intimidación. El Estado defiende aquí al propietario frente al propietario legítimo del bien inmueble. En mi vida como jurista he visto semejante disparate», ha subrayado Bal.

Y acto seguido, el jurista ha puesto un ejemplo a Garzón para que «lo entienda». Lo que plantea este decreto «no es más que un hurto de uso del bien inmueble. Imagínese que es un bien mueble, que va usted por la calle y un ladrón le roba al cartera, al descuido, sin violencia ni intimidación. Y un policía va detrás de él y lo captura, le pide que devuelva la cartera, pero no lo hace porque estamos en pandemia…», ha ilustrado el diputado de Ciudadanos.

En su exposición, Edmundo Bal ha criticado a podemitas y socialistas que las okupaciones se disparan en el «cinturón rojo de Barcelona», ellos, en cambio, «deben vivir en barrios mejores y en chalets grandes, donde no sufren la okupación, no la ven, y por tanto, la niegan. Es lamentable, es inmoral. La propiedad privada no es un delito», ha enfatizado el portavoz adjunto de Ciudadanos, que también ha acusado a los diputados de la bancada del PSOE de ser «negacionistas de la okupación» por consentir este decreto con el sello de Podemos y Ada Colau, la alcaldesa de Barcelona.

El Gobierno de PSOE-Podemos corrigió el Real Decreto-ley 37/2020 para exigir ahora intimidación o violencia a la hora de desalojar a los okupas, mientras que hasta entonces sólo se podía proceder al desalojo «si la entrada era un delito». El cambio se plasmó en el nuevo Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

Con el apoyo de ERC

En concreto, el polémico texto que ha sido debatido este jueves en la Cámara baja requiere «violencia e intimidación» para poder desalojar a los okupas durante el estado de alarma. La nueva redacción del texto elimina el supuesto de delito para continuar con el lanzamiento y exige que «la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas».

A diferencia del decreto de los fondos europeos de la pasada semana, el Gobierno no ha encontrado aquí problema para su convalidación, ya que ha contado con el apoyo de ERC, el partido al frente ahora de la Generalitat de manera interna y posible socio de PSC y En Comú Podem en un eventual tripartito tras las elecciones catalanas del próximo 14 de febrero. No obstante, tanto PP como Vox han anunciado que recurrirán este decreto ley ante el Tribunal Constitucional.

La normativa también amplía la suspensión de los desalojos a los okupas que hayan delinquido, algo que no ocurría hasta la fecha. «Se modifica el artículo 1 bis introducido en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes, con objeto de dar cobertura a las situaciones en las que los procedimientos de desahucio y lanzamiento afecten a personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional, incluso en las causas penales en las que el lanzamiento afecte a personas que carezcan de título para habitar una vivienda. Esta modificación se ampara en la competencia exclusiva del Estado atribuida por la regla 6.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de legislación procesal», dice el decreto-ley.

Además, otro requisito para llevar a cabo el lanzamiento es que «se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada», señala el texto.