La Audiencia Provincial de Madrid y no el CGPJ es el órgano competente para revisar las cautelares de Begoña
Su argumento es que el Consejo no está para juzgar si un juez ha acertado o se ha equivocado al tomar una decisión
Una acusación popular ha salido en defensa del juez Juan Carlos Peinado y ha pedido al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que no le abra ningún expediente por las decisiones que ha tomado en el caso que afecta a Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno. El mensaje que le traslada es directo: las medidas que el juez ha impuesto a la investigada no las puede revisar el Consejo, ya que no tiene competencias para ello, sino únicamente la Audiencia Provincial de Madrid.
El partido Iustitia Europa, que está personado en la causa que se instruye en un juzgado de Madrid, ha presentado un escrito en el que reclama que se archive cualquier intento de sancionar al magistrado. Su argumento de partida es sencillo: el Consejo no está para juzgar si un juez ha acertado o se ha equivocado al tomar una decisión. Para eso están los recursos y los tribunales superiores.
Peinado acordó tres cosas contra Begoña Gómez para asegurarse de que no se sustraiga al proceso: retirarle el pasaporte, prohibirle salir de España y obligarla a comparecer periódicamente ante el juzgado. Son las llamadas medidas cautelares, decisiones que un juez puede adoptar mientras se investiga un caso para evitar, entre otras cosas, que la persona investigada se fugue.
Esas tres medidas ya han sido recurridas por la defensa, y ahora mismo es la Audiencia Provincial de Madrid la que tiene que decidir si fueron correctas, si están bien justificadas y si son proporcionadas. Es decir, hay un tribunal superior estudiando ese asunto en este preciso momento.
El Consejo no es una instancia más
La acusación insiste en una idea que repite a lo largo de todo el escrito: el Consejo General del Poder Judicial no puede funcionar como una especie de tribunal paralelo que revise por su cuenta lo que un juez ha decidido. Si alguien no está de acuerdo con una resolución judicial, lo que debe hacer es recurrirla, y será otro tribunal el que diga si tenía razón o no. Lo que no cabe es abrir un expediente al juez para castigarlo por el contenido de sus decisiones.
«La potestad disciplinaria del Consejo no es, ni puede ser, una tercera instancia de revisión de los autos dictados por los jueces», sostiene el escrito. Y advierte de un peligro de fondo: si un juez percibe que tomar una decisión incómoda para el Gobierno le puede costar un expediente, dejará de actuar con libertad. Eso, dice la acusación, dañaría la independencia de todos los jueces, no solo la de Peinado.
Por qué no se puede actuar ahora contra el juez
El escrito apunta además un obstáculo legal concreto. Cuando se quiere sancionar a un juez por las expresiones que ha empleado en una resolución, la ley exige que sea el propio tribunal superior —el que está revisando esa resolución— quien dé el primer paso y traslade el asunto al Consejo. Y eso no ha ocurrido: la Audiencia Provincial de Madrid no ha enviado nada al Consejo.
Lo que sí ha habido es una queja del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, que el pasado 20 de junio se dirigió por escrito al Consejo. Pero, según la acusación, la queja de un ministro —por muy alto que sea su cargo— no puede sustituir ese paso previo que la ley reserva al tribunal correspondiente. En otras palabras: lo que la norma deja en manos de los jueces no lo puede activar el Gobierno.
La acusación también rechaza otro de los reproches que se han deslizado: que el juez faltara al respeto a los escoltas de Begoña Gómez. Recuerda que esos agentes no estaban cumpliendo una función de auxilio a la justicia, sino haciendo su trabajo habitual de protección personal, y que lo que el juez valoró fue si ese dispositivo de seguridad bastaba o no para impedir una eventual fuga. Eso, sostiene, es una valoración del juez, no un insulto.
La advertencia final al Consejo
El escrito cierra con una pregunta incómoda para el órgano de gobierno de los jueces. Si el Consejo sancionara a Peinado por sus decisiones y, poco después, la Audiencia Provincial le diera la razón y confirmara que las medidas eran correctas, se produciría una contradicción imposible de explicar: un tribunal avalando al juez y el Consejo castigándolo por lo mismo. ¿Tendría entonces el Consejo que expedientar también a los magistrados de la Audiencia por darle la razón?
Por todo ello, Iustitia Europa pide que se archive de raíz cualquier actuación contra el magistrado. Y, por si la queja ya hubiera echado a andar dentro del Consejo, solicita que al menos se incorpore su escrito y no se llegue a abrir ningún expediente.
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