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Tribunales

La Audiencia de Málaga condena a ‘El Plural’ por publicar fotos privadas de un edil del PP

Una sentencia consultada por OKDIARIO da la razón al sobrino de un concejal del PP de Ronda frente al digital de Angélica Rubio

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a El Plural por vulnerar los derechos al honor, la intimidad y la propia imagen de un particular al publicar fotografías tomadas de Instagram sin autorización, en el contexto de una noticia sobre un concejal que incumplía las medidas sanitarias contra el Covid-19. La sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO deja claro que el periódico que dirigía Angélica Rubio vulneró los derechos fundamentales del demandante, un familiar de un edil del Partido Popular en el Ayuntamiento de Ronda, al publicar imágenes de una fiesta privada obtenidas de una cuenta personal de Instagram, que estaba configurado como privada, no accesible de forma abierta, junto con datos personales como su nombre de usuario en la red social.

El tribunal subraya que, aunque la noticia sobre el comportamiento del concejal durante la pandemia tenía relevancia pública, esto no justificaba la publicación de imágenes de otros asistentes al evento que no eran objeto de la información. «Ninguna justificación existe para publicar una imagen de un particular, que no es el objeto de una noticia, y que ha sido obtenida de su red social», señala la sentencia.

La resolución aplica la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el uso de imágenes procedentes de redes sociales, recordando que el hecho de que un usuario publique una foto en su perfil no constituye una autorización tácita para su uso por terceros. «El consentimiento sólo ampara aquello que constituye el objeto de la declaración de voluntad», destaca el fallo.

La Audiencia malagueña ordena al medio digital eliminar las imágenes del demandante de la noticia y publicar la parte dispositiva de la sentencia en su periódico. A día de hoy sigue accesible esa información declarada ilegal bajo el titular «Un concejal del PP en Ronda, en una fiesta sin mascarilla sin guardar la distancia de seguridad» publicada en diciembre de 2021. Revoca el fallo inicial del Juzgado de Primera Instancia de Torremolinos.

Sexta ola del Covid

El Plural destacaba que en esos momentos España cabalgaba «la sexta ola de la pandemia del coronavirus». Para infundir terror destacaban: «A nivel nacional se siguen superando récords de contagios. Este lunes, el ministerio de Sanidad ha notificado 60.041 nuevos casos, de los que 37.609 han sido diagnosticados en las últimas 24 horas. En Andalucía también preocupa la situación». Aseguraban que «los contagios también continúan creciendo en Ronda. Concretamente, en el distrito sanitario de Ronda, se han registrado en las últimas 24 horas 30 nuevos contagios». Pese a eso, el edil estaba de fiesta y para demostrarlo publicaron fotos privadas. En todo caso reconocen: «A día de hoy el gobierno andaluz únicamente ha determinado la obligatoriedad de presentar el certificado COVID para acceder a establecimientos de ocio y restauración». Por tanto, ellos mismos dicen que no era obligatoria la mascarilla en los bares.

El tribunal recuerda en su fallo que el usuario que sube una imagen a una red social «tan solo consiente en ser observado en el lugar que él ha elegido», y que este consentimiento no se extiende a otros usos ni a terceros. La sentencia también cuestiona la validez del consentimiento general que se otorga al aceptar las condiciones de uso de las redes sociales, señalando que estas suelen estar redactadas en un lenguaje generalista y de «difícil comprensión para el usuario medio».

Un tribunal compuesto por tres jueces con Rosa Fernández Labella como ponente ha decidido condenar al pago de las costas de la primera instancia a El Plural. Contra esta sentencia de apelación cabe recurso de casación que, en si se presenta, estudiará la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

Dos DNI de Peinado

Esta polémica se suma a la relativa al juez Juan Carlos Peinado. El digital de Angélica Rubio publicó que tenía propiedades ligadas a dos DNI que suponían que eran suyos. Llegaron a plantear la opción de que era un espía y por eso tenía dos identidades oficiales. Sin embargo, era un mero error técnico del Registro Mercantil. Las propiedades del segundo DNI eran de otro ciudadano que se llamaba igual y que, por un fallo, se le asignaba una mujer llamada igual que la de Peinado.

Además, fue el periódico que se lanzó a publicar emails privados del abogado del novio de Isabel Díaz Ayuso. Los correos pasaron por el Gmail del fiscal general del Estado, por la Moncloa, por el PSOE de Madrid y finalmente vieron la luz en El Plural. Ahora se investigan los hechos en el Supremo.