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Así defenderá Sánchez la amnistía ante el Constitucional: «Es una competencia de la soberanía popular»

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El acuerdo entre el PSOE, Junts y ERC para que Francina Armengol sea presidenta del Congreso esconde la concesión al independentismo de una ley de amnistía para los «represaliados» del 1-O. Aunque los separatistas se han apresurado a advertir que esta decisión no condiciona su voto final en la investidura del presidente del Gobierno, lo cierto es que Sánchez tiene la plena confianza de que cuenta con su apoyo. En Moncloa llevan semanas trabajando en el diseño de esa amnistía, que ya ha permitido desencallar el Congreso -con una mayoría «progresista»- y que allanará el acuerdo final para la designación del jefe del Ejecutivo. El equipo encargado del andamiaje jurídico de la propuesta cierra ya los últimos detalles, con el principal objetivo de que supere un recurso ante el Tribunal Constitucional que se da por seguro.

Según las fuentes consultadas, Moncloa se remitirá a que «la única ley de amnistía aplicada en España data del año 1977 y fue aprobada por las mismas Cortes que promovieron la Constitución del 78, por lo que si aquel Parlamento hubiese sopesado que dicha medida de gracia era ilegal lo habría reflejado de manera expresa en la Carta Magna que estaban diseñando, como sí lo hicieron con los indultos generales».

Soberanía popular

Para defender que no se está vulnerando el artículo 117 de la Constitución, el Gobierno se apoyará en que «obviar la concesión de la amnistía se traduciría en restar competencias al Poder Legislativo». Es decir, añaden, «el Ejecutivo tiene el derecho de otorgar la medida de gracia y en el Poder Judicial se da por entendido que la soberanía reside en el pueblo español y, por ende, en las Cortes, en las que recae el Poder Legislativo que tiene la capacidad de dejar sin efecto las normas jurídicas que se puedan aplicar a terceros».

Igualmente, los juristas que asesoran a Sánchez se apoyarán en que «España se constituye en un Estado democrático, social y parlamentario, que la soberanía popular reside en el pueblo español y que éste tiene sus representantes en las Cortes, no en el Poder Judicial». En definitiva, «que existe la separación de Poderes y que la ley de amnistía se concede dentro del Poder Legislativo y no vulnera la Constitución porque no la prohíbe de manera expresa».

Para que esta amnistía sólo afecte a los desobedientes y malversadores independentistas, en Moncloa trabajan en el diseño de una ley que «detalle al milímetro quiénes serán los beneficiados». Por ejemplo, explican, la citada ley podría contemplar lo siguiente: «Quedan amnistiados todos los delitos de malversación y desobediencia del Código Penal que tengan relación con el procés y con la consulta independentista celebrada en Cataluña el 1 octubre de 2017».

Además, esta ley contará con el aval de Cándido Conde-Pumpido en el Tribunal Constitucional, el órgano al que debe recurrirse, según explican las mismas fuentes. El presidente de la Corte de Garantías es conocedor de estos fundamentos y le ha dado el «visto bueno».

Sin embargo, la gran mayoría de los juristas en España aseguran que es inconstitucional, con argumentos más sólidos que los defendidos por el equipo jurídico que asesora a Sánchez. Fuentes del Tribunal Supremo explican que la concesión del olvido de los delitos cometidos –que no del perdón contemplado en el indulto– no está regulado en la Carta Magna porque no se prevé en un contexto democrático como tampoco, por ejemplo, la esclavitud.

La Constitución de 1978 tampoco hace referencia expresa a la esclavitud, que fue abolida en España en 1837, porque no es necesario y eso no significa que sea legal, puesto que la práctica de la misma conllevaría la vulneración de otros derechos fundamentales que sí están recogidos por, por ejemplo, «el principio de igualdad entre los españoles» u otros derechos tan básicos como «la vida, la dignidad y la integridad». Pues lo mismo ocurre con la amnistía: su concesión vulnera el derecho de los jueces y magistrados de «juzgar y ejecutar lo juzgado», recogido en la Carta Magna. Por tanto, la aplicación de una Ley de amnistía además de ser inconstitucional es un «atropello al Poder Judicial por parte del Poder Ejecutivo y, en última instancia, a la democracia», explican las mismas fuentes.

Además, los fiscales y jueces consultados también recuerdan que los delitos por los que está procesado Puigdemont son desobediencia y malversación. Y la amnistía se concede para olvidar delitos por cuestiones políticas, nunca se ha hecho para perdonar a un corrupto que ha robado de las arcas públicas.

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