Iglesias vuelve a defender a sus amigos proetarras

Podemos quiere eliminar el delito de enaltecimiento del terrorismo del Código Penal

Pablo Iglesias- Congreso de los Diputados
Pablo Iglesias con rostro serio en el Congreso de los Diputados (Foto: Francisco Toledo)
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

Podemos quiere que el enaltecimiento del terrorismo no sea tipificado como delito. Es más, que se suprima directamente del Código Penal. Así lo insta en una Proposición No de Ley, registrada este mismo lunes en el Congreso de los Diputados, en la que solicita la supresión del artículo 578 del Código Penal, que recoge que el delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas. 

En concreto, el citado artículo establece que «el enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses». 

Dicho precepto también establece que tales penas «se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo mediante la difusión de servicios o contenidos accesibles al público a través de medios de comunicación, internet, o por medio de servicios de comunicaciones electrónicas o mediante el uso de tecnologías de la información».

En la proposición, presentada este lunes por el propio secretario general de Podemos, Pablo Iglesias-junto al humorista Facu Díaz y Cassandra Vera, acusada de delito de humillación a las víctimas del terrorismo por mofarse en Twitter del asesinato de Carrero Blanco-se insta a la Cámara a presentar en el plazo de un mes un proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal «en el sentido de suprimir el art. 578 del Código Penal».

Podemos basa su argumentación en que «la libertad de expresión es un derecho esencial en la democracia» y por ello, «la libertad a manifestar las propias opiniones es clave para el libre desarrollo de la personalidad consagrado por el artículo 10 de la Constitución española».

La formación considera que «toda persona es responsable por sus opiniones, y estas pueden generar responsabilidad en caso de que estas lesionasen el derecho de un tercero a la intimidad y el honor”. 

Sin embargo, añade también “con la aparición de las redes sociales, la difusión de opiniones e informaciones ha experimentado un auge sin precedentes». 

«Ante este hecho, y en el actual contexto de crítica y protesta social, algunos gobiernos han optado por presentar las redes sociales como un problema de orden público que había de ser regulado de forma inmediata”. En este sentido, consideran que la reforma del Código Penal de 2015 supuso «un terrible retroceso para los derechos fundamentales”.

“Nuestro ordenamiento jurídico ya contaba con instrumentos suficientes para perseguir la injuria, la amenaza o la calumnia, no siendo necesario establecer tipos delictivos adicionales. El hecho de que una persona pueda proferir comentarios desagradables en la red no requiere una regulación distinta; lo que no es delito en la calle, no es delito en Twitter», sostienen desde la formación morada. 

Un ‘tuit’ no es delito para Podemos

Según Podemos, “que un comentario en las redes sociales pueda ser de mal gusto y condenado socialmente, no justifica la utilización del derecho penal”. 

Al contrario, consideran que esas conductas serían únicamente objeto de una indemnización si se consideran «lesivas para la dignidad y el honor del ofendido» . Recuerdan también que para ello sería necesaria una demanda «que solo se activa a iniciativa del afectado», lo que limita la actuación de la Fiscalía. 

«No tienen que ver con organizaciones terroristas»

Así desde Podemos consideran que la actual redacción del artículo 578 «se ha configurado de una forma tan falta de concreción, que está llevando últimamente a que la Audiencia Nacional juzgue a personas que nada tienen que ver con organizaciones terroristas por proferir manifestaciones que se engloban en el denominado «humor negro», y que si bien pueden ser de mal gusto o incluso ofensivas, no pueden tildarse de acto terrorista».

El partido culpa de ese «endurecimiento» a los atentados de París y al  «pacto antiterrorista» suscrito por todas las formaciones, a excepción de Podemos. 

Según Podemos, la “interpretación” de este artículo lleva a calificar los delitos por su “riesgo abstracto” y subjetivo y ello, dicen «aumenta la inseguridad jurídica sobre su aplicación”. 

En este sentido, citan algunas actuaciones policiales y judiciales que, en opinión del partido, han resultado «desconcertantes para la ciudadanía», como el caso de los titiriteros, según Podemos, «ilegalmente encarcelados por representar una obra de ficción». Para la formación, ello probaría «el disparate de la existencia misma de este delito, pues a esta situación surrealista nos lleva la subjetividad del delito». 

El texto apoya también a otro procesado por la Audiencia Nacional, Miguel Arenas Beltrán, Valtonyc, condenado a 3 años y 6 meses de prisión por injuriar al Rey y ensalzar a ETA y a los GRAPO en las letras de sus canciones.

Valtonyc fue condenado por un delito de enaltecimiento del terrorismo y de la humillación a las víctimas, otro de calumnias e injurias graves a la Corona y un tercero de amenazas.

«El rey tiene una cita en la plaza del pueblo, una soga al cuello y que le caiga el peso de la ley», «Sofía en una moneda pero fusilada», «puta policía, puta monarquía, a ver si ETA pone una bomba y explota» o «por qué no se fractura la cabeza y no la cadera», «Miguel Ángel Blanco, Carrero Blanco [suenan disparos], bah, ya no, ahora toca a Juan Carlos», eran algunas de las letras.

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