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EMPLEO

Ya es oficial y el BOE lo publica: confirma el nuevo sistema de notificaciones para trabajadores de baja laboral

A partir del 1 de septiembre llegan novedades para los trabajadores de baja laboral

La Seguridad Social introduce novedades a partir del 1 de septiembre en la forma de comunicarse con las personas que están en situación de incapacidad temporal o baja médica en España. El pasado 1 de junio se registró en el Boletín Oficial del Estado una nueva norma que apuesta por la digitalización en el sistema de notificaciones que se realizará por vía electrónica con el objetivo de agilizar los trámites administrativos de los ciudadanos. Consulta en este artículo las novedades que llegan para los españoles que están de baja laboral.

Pedro Sánchez saca pecho cada vez que puede de los más de 20 millones de afiliados a la Seguridad Social, pero se deja en el tintero que nuestro país supera mes a mes el récord histórico de personas que están en incapacidad temporal o de baja médica. España ronda mensualmente la cifra de 1,2 millones a 1,4 millones de personas que faltan a su puesto de trabajo por estar de baja, todo un récord histórico desde que se contabilizan estos casos.

Según datos oficiales recogidos por la patronal catalana Pimec, en el año 2024 en España se contabilizaron 8,5 millones de bajas laborales, lo que supone un coste de alrededor del 10% del PIB. Las causas principales están relacionadas con enfermedades más difíciles de descifrar, como puede ser la salud mental o las dolencias musculoesqueléticas. Para el millón de trabajadores que en este mes de julio están en esta situación, el Gobierno tiene novedades.

Novedades para los que estén de baja laboral

El Gobierno ha introducido una norma que apuesta por la digitalización en el sistema de notificaciones, que tiene como objetivo agilizar los trámites administrativos de los ciudadanos. Así que, a partir del 1 de septiembre, todas las informaciones de la Seguridad Social llegarán vía correo electrónico o a través de los canales oficiales de la Administración a los trabajadores que estén de baja laboral. .

Esto está recogido en la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, por la que se modifica la Orden ISM/903/2020, de 24 de septiembre, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social. Este texto publicado en el Boletín Oficial del Estado el 1 de julio informa que a partir del próximo 1 de septiembre las «personas físicas que sean solicitantes o perceptoras de prestaciones por incapacidad temporal» comenzarán a «recibir notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos».

Así que, a partir de esta fecha, la Seguridad Social informará a través de alertas al móvil o correo electrónico de los requerimientos, citaciones y resoluciones para estos trabajadores. Estos también tendrán todos los datos a su disposición en la sede electrónica de la Seguridad Social, a la que podrán acceder a través del sistema Cl@ve, el certificado digital y el DNI electrónico.

¿Y cuál es el motivo de esta decisión? Desde el Gobierno entienden que las personas que están desarrollando un trabajo tienen las suficientes capacidades como para poder interactuar a través del teléfono móvil u otros dispositivos electrónicos. Para que esta brecha digital no perjudique a un sector de la sociedad, habrá una serie de excepciones para evitar situaciones de exclusión social y por ello se mantendrá la atención presencial a través de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), garantizando así el acceso universal a la información.