El visto bueno del Banco de España y la CNMV, clave para la sentencia de Bankia: consúltala íntegra
Consulta íntegra la sentencia de la Audiencia Nacional sobre Bankia
La Audiencia Nacional absuelve a Rato y a su cúpula por la salida a bolsa de Bankia
Estas son las principales claves de la sentencia que absuelve a Rodrigo Rato, Bankia, Deloitte y otros 32 imputados por los delitos de estafa a inversores y falsedad contable en la salida a bolsa de la entidad en 2011.
- La operación contaba con el visto bueno del Banco de España y la CNMV: si ellos no pusieron pegas, es que todo estaba correcto, entiende la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. A sensu contrario, era imposible condenar a los responsables de Bankia sin condenar a los supervisores, que fueron imputados durante la instrucción en dos ocasiones pero finalmente no se sentaron en el banquillo.
- El folleto no mintió: a juicio del tribunal, la información que contenía el folleto era «certera» y «más que suficiente» para que los inversores se formaran un criterio razonado sobre el valor de la entidad, y las cuentas estaban bien… porque así lo decía el Banco de España. Por la misma razón, tampoco hubo delito en la fusión de las siete cajas que dio origen a BFA (matriz de Bankia), impulsada por las autoridades.
- Bankia era viable en 2011 y 2012: siguiendo ese criterio de que lo que dice el supervisor va a Misa, Bankia no solo era viable cuando salió a bolsa, sino también en abril de 2012, un mes antes de su nacionalización y la sustitución de Rato por Goirigolzarri.
- El folleto avisaba de 36 riesgos y tenía una advertencia al principio: lo cual quiere decir que cualquiera que comprase acciones sabía lo que se jugaba y no puede aducir que no estaba avisado.
- Las cuentas de 2011 no eran falsas… ni siquiera eran cuentas: otro punto llamativo del fallo es que no considera que las cuentas de 2011, que Deloitte se negó a firmar y que provocaron la caída de Bankia y de Rato, no eran falsas… porque ni siquiera se las puede considerar cuentas, precisamente por no haber sido auditadas. Una inversión de la causa-efecto en toda regla.
- La Fiscalía ayudó a la absolución: la sentencia se muestra muy dura con la fiscal Carmen Launa, a la que acusa de admitir que no había falsedad en el folleto y de no atribuir a los acusados hechos concretos constitutivos de delitos, sino tan solo actuaciones genéricas por las que no se les puede condenar.
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