Soy notaria y éste es el error que todos cometen con los testamentos: «La ley…»
Una notaria ha dado una serie de consejos para las personas que realicen testamentos
Hacer un testamento es primordial para que los herederos no tengan ningún tipo de problema a la hora de recibir una herencia. Una figura imprescindible tras el fallecimiento del testador es el Certificado de Actos de Última Voluntad, que es un documento necesario para que se pueda llevar a cabo el reparto de los bienes entre los destinatarios. Una notaria viral en las redes sociales ha publicado un vídeo en el que ha dado una serie de consejos sobre lo que se debe hacer con los testamentos.
El Certificado de Actos de Última Voluntad es un documento que acredita si una persona ha otorgado testamentos y ante qué notario lo ha hecho. Este documento se tendrá que solicitar ante el Ministerio de Justicia después del fallecimiento del testador. «Las personas a quienes pueda corresponder algún derecho hereditario podrán dirigirse al notario o notaria autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada) del mismo», explica el canal oficial habilitado por el ministerio.
En la página web oficial a la que deben acudir los herederos para solicitar este certificado, también se aclara que «este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio» y que «la solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento». Sobre el Certificado de Actos de Última Voluntad, una notaria viral en las redes sociales ha publicado un vídeo en el que ha dado una serie de consejos sobre las personas que tienen derecho a recoger una copia de estos testamentos.
El consejo de una notaria para los testamentos
María Cristina Clemente, especializada en la materia y que se denomina @notariabuendia en las redes sociales, ha publicado un vídeo en el que se ha centrado en el artículo 226 del Reglamento Notarial, que pone el foco en las personas que tienen derecho a solicitar este certificado para tener una copia de los testamentos que el testado pueda haber hecho antes de su fallecimiento.
«Ha fallecido una persona, tienes el Certificado de Últimas Voluntades que acredita que sí había otorgado testamento, pero ¿quién tiene derecho a pedir copia del mismo?», comienza diciendo en el vídeo de esta notaria sobre los testamentos, que cuenta con miles de reproducciones.
@notariabuendia 📝 ¿Sabías que no todo el mundo puede pedir copia de un testamento? Muchos piensan que con el certificado de últimas voluntades ya está todo dicho, pero la ley tiene sus matices… Si quieres saber quién puede (y quién no) acceder a ese documento tan importante, quédate y sigue leyendo. Lo que viene, te va a sorprender. . TRANSCRIPCIÓN: Ha fallecido una persona, tienes el certificado de últimas voluntades que acredita que SÍ HABÍA OTORGADO TESTAMENTO, pero, ¿quién tiene derecho a pedir copia del mismo? 🤔 Seguro que el resultado te sorprende. . Según el artículo 226 del Reglamento Notarial 📜, tienen ese derecho: . 1️⃣ Primero, los herederos, los legatarios, los albaceas, contadores, partidores, administradores y en general, las demás personas a quienes ese testamento reconozca algún derecho o facultad, sean o no familiares del testador 👨👩👧👦 . 2️⃣ Segundo, los legitimarios o herederos forzosos ⚖️ . 3️⃣ Tercero, el que puede plantear en la práctica situaciones comprometidas 🚨, son, aquellas personas que de no existir ese testamento o ser nulo, serían llamadas en todo o en parte a esa herencia, ya sea: . – Por un testamento anterior: imaginemos ese padre que otorga un primer testamento desheredando a uno de los hijos y un segundo testamento por el que revoca el previo, en el que ahora nombra heredero al antes desheredado. Pues bien, hermanos con “ganas de guerra” 💥, podrían solicitar copia de ambos testamentos, es decir, sí es posible, obtener copia de un testamento revocado. . – O bien que tuvieran derecho a esa herencia por la sucesión intestada: Un ejemplo: una persona soltera, sin hijos que sus padres han fallecido y tiene dos hermanos, pero que en su testamento ha nombrado heredera universal a su pareja sentimental 💑. Esos dos hermanos no nombrados en el testamento sí tienen derecho a copia. . Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche y te acompañe, tu historia, nuestra firma❤️ . #Testamento #Herencia #Notaría #ÚltimasVoluntades #Sucesiones #DerechoHereditario #CopiaTestamento #NotarioDeConfianza #TrámitesNotariales #LegalTips ♬ sonido original – notariabuendia
Tras una primera explicación, esta notaria se centra en el artículo 226 del Reglamento Notarial publicado en el Boletín Oficial del Estado y que deja claro que tendrán derecho a solicitar este certificado «los herederos instituidos, los legatarios, albaceas, contadores partidores, administradores y demás personas a quienes en el testamento se reconozca algún derecho o facultad». También tienen derecho a acceder a una copia de los testamentos los «legitimarios».
María Cristina Clemente explica que esta ley tiene ciertos matices en el caso de otro grupo de personas que también pueden acceder al Certificado de Actos de Última Voluntad. Según recoge este artículo, estas son las personas que, en caso de «no existir el testamento o ser nulo, serían llamadas en todo o en parte en la herencia del causante en virtud de un testamento anterior o de las reglas de la sucesión intestada, incluidos, en su caso, el Estado o la Comunidad Autónoma con derecho a suceder».
Por ello, esta notaria puede poner varios ejemplos de personas que sí podrían tener derecho a una copia del testamento. «Imaginemos ese padre que otorga un primer testamento desheredando a uno de los hijos y un segundo testamento por el que revoca el previo, en el que ahora nombra heredero al antes desheredado», pone como ejemplo. «Pues bien, hermanos con ganas de guerra podrían solicitar copia de ambos testamentos, es decir, sí es posible obtener copia de un testamento revocado», cuenta.
Esta notaría también pone el ejemplo de «una persona soltera, sin hijos, cuyos padres han fallecido y tiene dos hermanos, pero en su testamento nombra heredera universal a su pareja sentimental». «Esos dos hermanos no nombrados en el testamento sí tienen derecho a copia», también afirma esta notaria sobre los derechos que tienen los posibles herederos en los testamentos.
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