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Economía
INGRESO MÍNIMO VITAL

La Seguridad Social lo anuncia: ayuda de casi 2.000 euros al mes si naciste entre 1960 y 2002

El Ingreso Mínimo Vital es la ayuda de la Seguridad Social que pueden solicitar los nacidos entre 1960 y 2002

El Ingreso Mínimo Vital es la ayuda de la Seguridad Social que pueden solicitar las personas de 18 años hasta 65 años que cumplan con los requisitos. Esta prestación, que va destinada a las personas que están en una situación de vulnerabilidad, puede llegar a rozar los 2.000 euros en función de las personas que formen parte de la unidad de convivencia. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el IMV y esta ayuda de la Seguridad Social destinada a las personas que están cerca de la exclusión social.

«El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas». Así define la Seguridad Social esta ayuda que el pasado mes de diciembre llegó a 799.553 hogares en los que viven 2.441.647 personas.

Según confirmó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el año 2025 finalizó con 125.824 prestaciones activas más que un año antes, aumentando en un 18,7% el número de hogares protegidos. El número de beneficiarios también se ha incrementado un 19,2% en un año, hasta llegar a 393.892, siendo la media del Ingreso Mínimo Vital de 483,1 euros al mes por hogar. Por lo que respecta a las cuantías, estas se han incrementado un 11,4% en 2026, hasta llegar a los 1.613,92 euros en el caso de unidad no monoparental formada por cuatro adultos y un menor y 1.775,31 euros para una unidad monoparental formada por un adulto y cuatro menores.

Así es la ayuda de la Seguridad Social

El primer requisito para solicitar esta ayuda de la Seguridad Social es tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud. El segundo y más importante tiene que ver con los ingresos anuales, ya que el beneficiario del IMV tendrá que demostrar estar en situación de vulnerabilidad.

«Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia», informa la Seguridad Social.

Por lo que respecta a los beneficiarios, podrán solicitar el Ingreso Mínimo Vital personas de al menos 23 años que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella, siempre que:

«Si se trata de personas de entre 23 y 29 años, deberán haber tenido residencia legal y efectiva en España y haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud, salvo que hayan abandonado el domicilio habitual por ser víctimas de violencia de género, hayan iniciado trámites de separación o divorcio u otras circunstancias que se determinen», informan desde la Seguridad Social.

También podrán solicitar el IMV mujeres mayores de edad o menores emancipadas, víctimas de violencia de género, o personas víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual, que no formen parte de una unidad de convivencia. «También pueden solicitarlo las personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores en los tres años anteriores a la mayoría de edad o que sean huérfanos absolutos que vivan solos sin integrarse en una unidad de convivencia», informa la Seguridad Social sobre esta ayuda.