La Seguridad Social confirma el cambio de norma: va a cambiar la pensión de orfandad y son buenas noticias
La Seguridad Social concede la pensión de orfandad de por vida a las personas que cumplan con los requisitos
La Seguridad Social introdujo un cambio reciente que afectará a las personas que a día de hoy tienen acceso a una pensión de orfandad. Desde hace unos meses, los beneficiarios que tengan reconocida una incapacidad permanente absoluta podrán cobrar la pensión de por vida sin límite de edad. De ello también se pueden aprovechar los que reciben una pensión de gran invalidez. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la pensión de orfandad de la Seguridad Social.
Según datos proporcionados por la Seguridad Social, a fecha de marzo de 2026 en España hay más de 300.000 personas que son beneficiarias de una pensión de orfandad, que entrega una media de 500 euros al mes a los hijos que hayan sufrido una pérdida de uno de sus dos progenitores y cumplan con una serie de requisitos. Esta ayuda se suele entregar hasta los 21 años y se puede ampliar hasta los 25 siempre que el beneficiario no supere el SMI, que desde el 1 de enero está fijado en 17.094 euros anuales.
«La pensión de orfandad se concede a los hijos biológicos o adoptados de la persona fallecida siempre que sean menores de 21 años, pudiendo cobrarla hasta los 25 si no trabajan o tienen ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que, recordemos, actualmente se sitúa en 17.094 euros brutos anuales», dice la Seguridad Social en su página web oficial.
La Seguridad Social y la pensión de orfandad
Los requisitos que se piden al causante son estar en situación de alta o asimilada de alta o tener un mínimo de 15 años de cotización en la Seguridad Social para los casos de muerte por enfermedad común. Si el fallecimiento del padre o la madre se produjo por un accidente no laboral o por una enfermedad profesional derivada del trabajo, no se tendrá que acreditar un mínimo de cotización en la Seguridad Social. Por su parte, los beneficiarios también tendrán que cumplir con una serie de requisitos que son los siguientes:
- Ser menor de 21 años.
- Tener entre 21 y 25 años de edad y no realizar un trabajo por el que recibas ingresos superiores al salario mínimo interprofesional (17.094€ anuales).
- Ser mayor de 21 años con un grado reconocido de incapacidad permanente absoluta o gran incapacidad.
El último cambio introducido por la Seguridad Social tiene que ver con el límite para recibir la pensión de la orfandad, que antes era de 21 años, ampliándose hasta los 25 en caso de demostrar una carencia de ingresos con el límite fijado en el SMI. En 2026, los beneficiarios de una pensión de orfandad que puedan acreditar una incapacidad permanente absoluta, que inhabilita para desarrollar cualquier actividad profesional, podrán recibir esta prestación de por vida. También se ofrecerá esta posibilidad a los que a día de hoy son beneficiarios de una pensión de gran invalidez, que es cuando se necesita la ayuda de otra persona para desarrollar su actividad diaria.
Estas personas podrán cobrar una pensión de orfandad vitalicia. Por lo que respecta al importe, este será del 20% de la base reguladora. «La base reguladora se calcula de forma diferente, dependiendo de la situación en que se encontrara la persona fallecida (trabajador en activo o pensionista) y de la causa del fallecimiento (contingencia común o contingencia profesional)», informa la Seguridad Social.
Actualmente, después de la última subida aprobada del 2,7%, la pensión media de orfandad está en 515 euros mensuales. Los beneficiarios menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65% reciben una pensión de orfandad de 563 euros y, en los casos de orfandad absoluta, la cuantía se incrementa hasta los 828 euros. A estos podrán acceder los beneficiarios que han perdido a sus dos progenitores y cumplan con los requisitos de edad para acceder a la pensión.
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