Renta de 2020-21: Claves para rebajar la factura
La crisis del Covid-19 ha generado un fuerte impacto económico y social que ha repercutido en la actividad de muchos sectores en nuestro país. Estos cambios se han traducido en la adopción de un gran número de medidas de carácter social que pueden influir en la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2020 y que habrá que presentar entre los meses de abril y junio de 2021.
Ante estos cambios, el Consejo General de Economistas (CGE), la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) y los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han realizado una serie de consejos para rebajar la factura del IRPF de 2020 e incluso intentar eludir algunas subidas de impuestos previstas para 2021.
Afectados por ERTE
Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han apuntado que los trabajadores que hayan cobrado entre 14.000 y 22.000 euros en 2020 tendrán la obligación de declarar si lo percibido del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) supera los 1.500 euros anuales.
Ahora bien, si el segundo pagador -en este caso el SEPE- ha aportado más de 1.500 euros en la renta, entonces el límite baja hasta los 14.000 euros brutos anuales. Si la renta de 2020 es inferior a esta última cifra, aun teniendo dos pagadores, no es obligatorio presentar la renta.
Las cantidades pagadas por el SEPE como consecuencia de un ERTE se consideran rendimiento del trabajo, al igual que el resto de sueldos o salarios, y que el SEPE se considera un segundo pagador en el impuesto sobre la renta.
Madres afectadas por ERTE o cese de actividad
De cara a la próxima declaración, otra de las consecuencias de los ERTE, repercutirá a las mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años a su cargo. Y es que, las personas que se encuentren en esta situación tienen derecho a una deducción de 100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años. Para ello en necesario que se realice una actividad por cuenta propia o ajena para que la persona beneficiaria esté dada de alta en la Seguridad Social.
Sin embargo, una persona que se vea afectada por un ERTE de suspensión, perderá el derecho a la deducción por maternidad, ya que dejaría de cumplir el requisito exigido -trabajar por cuenta propia o ajena- para poder aplicar dicha deducción durante los meses que se encuentre en ERTE.
Ayudas y subvenciones percibidas por el Covid-19
Desde el pasado 1 de enero de 2020 se ha elevado la deducción para donativos realizados a organizaciones sin ánimo de lucro y otras entidades, por lo que dicha deducción pasará a ser del 80% para los primeros 150 euros donados y del 35% a partir de dicha cifra. Además, esta deducción será del 40% si en los dos periodos impositivos anteriores se hubieran realizado donativos o donaciones con derecho a deducción en favor de una misma organización por un importe igual o superior al del ejercicio previo.
Plazos tributarios
El estado de alarma paralizó todos los plazos tributarios durante 72 días, por lo que se amplía en ese tiempo el periodo para reinvertir en una vivienda habitual lo obtenido por la venta de otra sin tributar por la ganancia patrimonial. Lo mismo ocurre con la reinversión de recursos en rentas vitalicias para los mayores de 65 años.
Cambios para la próxima Renta 2021
Las últimas semanas del año son un buen momento para negociar con la empresa el cobro de retribuciones en especie que no tributan, como el cheque-transporte o el cheque-restaurante.
El proyecto presupuestario de 2021 prevé un aumento de dos puntos en el tipo a partir de 300.000 euros, por lo que se recomienda adelantar al ejercicio 2020 ingresos como gratificaciones o el rescate del plan de pensiones para evitar pagar más por ello al año siguiente si con ellos se supera ese umbral.
El proyecto presupuestario también prevé subida de tres puntos en la base del ahorro a partir de 200.000 euros, por lo que se recomienda acelerar a este año operaciones como ventas de inmuebles o cobro de beneficios de sociedades si se va a superar esa cantidad en 2021.
El proyecto presupuestario prevé bajar de 8.000 a 2.000 euros la aportación máxima a los planes de pensiones individuales con derecho a deducción a partir de 2021, por lo que se recomienda aprovechar el ejercicio 2020 para aportar tanto como se pueda.
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