El PP pide al Gobierno incluir en las ayudas directas a las empresas que no estén al día con Hacienda
El Gobierno se niega a reunirse con hostelería y comercio sobre las ayudas «por problemas de agenda»
Las ayudas directas del Gobierno de Pedro Sánchez aún no han llegado a las cuentas corrientes de las empresas, meses después de que el Ejecutivo anunciase a bombo y platillo las medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial para hacer frente a la crisis del coronavirus. No obstante, además de llegar tarde, los empresarios y autónomos tienen que cumplir con una larga lista de condiciones para acceder a las compensaciones.
Ante este escenario, el PP ha planteado en el Congreso abrir las ayudas y subvenciones públicas impulsadas por las diferentes administraciones a raíz de la crisis provocada por la pandemia de Covid-19 a posibles afectados que no estén al corriente de sus pagos con Hacienda o la Seguridad Social, siempre que los incumplimientos correspondan a 2020 y 2021.
Y es que, según plantean los ‘populares’ en una proposición no de ley registrada en la Cámara Baja a la que ha tenido acceso Europa Press, la regulación actual de las normativas de concesión dispone que es necesario estar al corriente de pago de los diferentes impuestos, tasas y cotizaciones, y su impago imposibilita las ayudas.
En su exposición de motivos, el PP argumenta que, dadas las circunstancias actuales, hay personas o empresas que, al carecer de ingresos o reducirse estos de forma importante, son deudores de las administraciones públicas por no poder hacer frente al pago de deudas tributarias o de la Seguridad Social.
Condiciones
Por ello, el PP reclama facilitar el acceso de estas ayudas y modificar el régimen de concesión de ayudas y subvenciones, con el fin de exonerar de este requisito durante este año y el que viene, siempre que las deudas tengan su causa en incumplimientos forzados por la crisis y correspondan a este año o al pasado.
Para 2021 y 2022, el PP pide que en caso de que no sea posible acreditar la inexistencia de deudas, el potencial beneficiario pueda acceder a las mismas acreditando la deuda, su concepto y origen en los últimos dos ejercicios (2020 y 2021) mediante su certificación expedida por la Agencia Tributaria, la Seguridad Social o administraciones autonómicas o locales.
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