El ecologista Sánchez impone su decretazo aunque la luz proceda del autoconsumo o las renovables
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El recurso de inconstitucionalidad que va a interponer la Comunidad de Madrid contra el decretazo de ahorro energético de Pedro Sánchez denuncia otro sinsentido de esta norma llena de contradicciones e incoherencias: las prohibiciones y limitaciones que impone también se aplican al autoconsumo y a las empresas u organismos que se abastecen exclusivamente con energía renovable.
«La extensión de las prohibiciones a energías renovables o de autoconsumo excede la necesaria proporcionalidad del RDL. Si lo que se pretende es ahorro de gas, ¿por qué se prohíbe este tipo de iluminación basada en otras fuentes de energía?», se preguntan fuentes del Gobierno madrileño.
En efecto, el Real Decreto-ley no discrimina a la hora de imponer restricciones por fuentes de generación de la electricidad: las limitaciones de temperatura, la prohibición de encender escaparates o la obligación de instalar puertas son las mismas para todos. Y eso no tiene sentido, a juicio del Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso, cuando de lo que se trata únicamente es de ahorrar gas.
Es decir, estas medidas deberían imponerse sólo a la electricidad generada con centrales de ciclo combinado. Es verdad que la red general no distingue por fuentes de generación, pero muchas empresas tienen acuerdos de suministro (lo que se denomina PPA) con empresas que sólo generan con renovables, y también son numerosas las que tienen sistemas de autoconsumo: por ejemplo, Inditex tiene el objetivo de consumir sólo energía renovable en todas sus fábricas y tiendas a fin de año, y también ha construido varias plantas para contar con un elevado porcentaje de autoconsumo.
El decreto dice que pretende fomentar el autoconsumo
Este sinsentido es aún más grave, puesto que el propio decreto incluye un apartado que modifica varias normas precisamente para fomentar el autoconsumo. Se trata del capítulo segundo, titulado «Fomento de la electrificación y el despliegue de energías renovables». En su interior se encuentra el artículo 31: «Modificación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica».
La contradicción entre el objetivo de fomentar el autoconsumo y la penalización al mismo queda plenamente de manifiesto en la exposición de motivos de la norma: «La eventualidad de un corte total del suministro de gas hacia Europa hace imprescindible la adopción de medidas urgentes dirigidas a aumentar la producción de energías renovables en nuestro sistema eléctrico, acelerando la puesta en marcha de estas instalaciones, e incluyendo aquí también el desarrollo del autoconsumo renovable, para disminuir la necesidad de la generación eléctrica a partir de gas natural y de esta manera reducir nuestra dependencia de este combustible».
Por otro lado, el recurso de Ayuso también pone en solfa otra de las obligaciones del decretazo, la de que comercios y establecimientos pongan termómetros y carteles que informen de las medidas adoptadas para ahorrar energía.
«La obligación de instalar cartelería, pantallas, etc. para informar de las medidas de ahorro energético no contribuye directamente a dicho ahorro energético, por lo que invade competencias autonómicas sin justificación», señalan las fuentes citadas.
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