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Según un informe del Banco de España, en 2022 el efectivo volvió a ser el medio de pago más utilizado en España para los pagos entre particulares y la compras en comercios físicos. Sin embargo, los medios de pago digitales avanzan a un ritmo de vértigo: en 2022 el 66% de las compras se realizaron en efectivo, mientras que en 2019 este porcentaje fue del 83%.
Ahora bien, a la hora de hacer un ingreso de dinero en la cuenta bancaria, es de especial interés saber que si se superan ciertas cantidades se pueden encender las alarmas de la Agencia Tributaria.
Límites de dinero en efectivo
Lo primero a tener en cuenta es que cualquier entidad bancaria exige identificación en caso de realizar cualquier operación en efectivo por un importe igual o superior a 1.000 euros. Asimismo, el dinero máximo que se puede ingresar sin justificar, ya sea en el cajero o en la ventanilla, son 3.000 euros. A partir de esta cantidad, Hacienda puede exigir comprobantes y justificantes del ingreso del dinero.
La Agencia Tributaria no va a investigar todos lo informe de las entidades bancarias. Por lo tanto, si realizas una operación que supera estos límites, no va a tener problemas, al menos en principio. Sin embargo, los datos se van acumulando si empiezas a realizar este tipo de operaciones de manera continuada.
La Agencia Tributaria únicamente investiga cuando percibe movimientos sospechosos, aunque en ocasiones puede solicitar un poco más de información a las entidades bancarias acerca de algunos movimientos que no tiene claro si lo son. Esta información la ha proporcionado el propio Banco de España.
El artículo 93 de la Ley General Tributaria establece que todos los bancos están obligados «a proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas».
Viaje al extranjero
En la Unión Europea (UE), el reglamento Nº 1889/2005 es el que establece la pauta en los controles de la entrada o salida de dinero efectivo de la Comunidad para prevenir el blanqueo de capitales. El límite de dinero en metálico que lo viajeros pueden llevar sin presentar declaración en la aduana es de 10.000 euros.
El hecho de viajar al extranjero con más de 10.000 euros sin declarar conlleva consecuencias legales muy graves. Las autoridades incautarán el dinero para investigar su procedencia y pondrán una multa cuyo importe oscilará entre los 600 euros y la mitad del dinero encontrado.
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