Economía
Hipotecas

Una mayoría muy ajustada del Supremo se inclina por no reconocer retroactividad al fallo de las hipotecas

Toda la mañana se ha dedicado a debatir si el Pleno es competente para el cambio jurisprudencial

Una ajustada mayoría de los magistrados del Pleno del Tribunal Supremo que permanece reunido este lunes para tratar de unificar doctrina sobre el impuesto hipotecario se inclina por aceptar el cambio jurisprudencial que dictó la Sala Tercera el pasado 18 de octubre. Sin embargo, esa ajustada mayoría también aboga por no establecer carácter retroactivo en la aplicación del cambio del impuesto. Esto significaría que será la banca la que tendrá que pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados a partir de ahora sin tener que devolver los impuestos pagados los años anteriores, según informan a OKDIARIO fuentes jurídicas.

No obstante, a mitad de la tarde seguía la deliberación de los magistrados y el auto definitivo está aún por ver la luz.

El propio Alto Tribunal ya dejó claro en una nota anterior que la polémica sentencia que ha cambiado la interpretación del sujeto pasivo en el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados es firme. Así, no se contemplaba revertir la misma. Es más, los 31 magistrados que  integran la sala de lo Contencioso-Administrativo han dedicado la mañana de este lunes a establecer si el propio Pleno es competente para establecer este cambio jurisprudencial teniendo en cuenta que la modificación de octubre se realizó con sentencia firme.

En juego, según estimaciones de Moody’s, hay unos 640 millones de euros que es lo que supone el pago del impuesto al año. A esto habría que sumar unos 2.300 millones que supondría el pago retroactivo de cuatro años, que es el periodo que hay para los reajustes con la Agencia Tributaria.

El mercado hipotecario lleva varias semanas sumido en la confusión por el repentino cambio de doctrina del Supremo. El Pleno de hoy debería esclarecer asuntos clave para el sector. Del auto que salga de esa reunión, determinará, entre otros, si la polémica sentencia que dictó la Sala Tercera del Supremo tendrá carácter retroactivo. Algo que obligaría a devolver el impuesto abonado desde hace cuatro años.

No obstante, también podría establecer que nadie tenga que hacerse cargo de estos 2.300 millones y que el cambio en la interpretación del impuesto solo se produzca con posterioridad a la sentencia. Esta decisión no evitaría las demandas por vía civil que los despachos de abogados están preparando, pero sí otorgaría mayor estabilidad dado que ni las Haciendas de las comunidades autónomas ni los bancos tendrían que afrontar el impuesto hipotecario con carácter retroactivo.