La aseguradora del Sabadell condenada a pagar 300.000 euros por negar la asistencia a una cliente

BEI Banco Sabadell
Sede de Banco Sabadell en Barcelona (Foto: GETTY).

El juzgado de primera instancia nº 2 de Igualada (Barcelona) ha condenado a Sabadell Vida SA, la aseguradora de Banco Sabadell, a abonar 300.000€ a una clienta por un seguro de vida. La entidad se oponía a abonar el importe alegando que el contrato excluía las enfermedades mentales o psicológicas cuando, según la sentencia, no era así.

La familia de la afectada defiende que en ningún momento la compañía informó de dicha cláusula. El problema se debe a que, en un primer momento, en noviembre de 2001, se contrató un seguro con una cobertura de algo más de 30.000 euros que cubría fallecimiento, incapacidad permanente y saldos deudores con el Sabadell hasta 3.000€, pero posteriormente se amplió.

En julio del año siguiente se firmó un suplemento de dicha poliza con las mismas condiciones y dos meses después se contrata una hipoteca de 400.000 euros. En ese momento se amplió la cobertura del seguro de vida a 300.000 euros con la única condición de superar el examen médico de la aseguradora, algo que la cliente cumplió sin problemas.

Parte de la sentencia.

En mayo de 2009 la afectada es declarada incapacitada permanente a causa de un trastorno ansioso-depresivo con limitación funcional como consecuencia de un duelo complicado. A pesar de ello, Sabadell Vida únicamente aceptó indemnizar a su clienta con los 30.000 euros de la primera cláusula apelando a una “presunta cláusula que limita la responsabilidad”, según señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho que ha dirigido la defensa.

La sentencia recuerda que las cláusulas limitativas “en cuanto señalan el objeto del contrato deben ser destacadas y expresamente aceptadas por escrito”. No sólo no destacan las exclusiones (señala el fallo) sino que tampoco consta que se entregara el condicionado ni que el director explicara las nuevas condiciones.

Finalmente, el juez ha decidido aplicar el principio “in dubio pro asegurado” y ha resuelto a favor del asegurado condenando a Sabadell Vida, SA a abonar los 300.000€ de la indemnización pactada con la afectada.

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