Justicia

Un juez declara improcedente el despido de una empleada que fue sustituida por un robot

Se trata de una trabajadora de Lopesan (grupo turístico) que fue sustituida por una licencia de Jidoka, que trabajaba (24 horas).

robots niños
Robots.

Un juez de Gran Canaria ha declarado improcedente escindir el contrato de una empleada del grupo Lopesan que fue despedida, después de 13 años desarrollando labores administrativas, para ser suplida por un programa informático o robot de gestión. El Juzgado de lo Social número 10 de Las Palmas de Gran Canaria ha rechazado por tanto que el despido de la demandante estuviera justificado por «causas objetivas», según informa el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe considera que la empleada estaba trabajando desde junio de 2006 en las oficinas de la hotelera como una oficial  de contabilidad. Pero en diciembre del año pasado Lopesan adquirió la licencia de Jidoka, un RPA (acrónimo de Robotic Process Automation o Automatización Robótica de Procesos) para gestionar los cobros.

Según el fallo del juez, el robot «realiza tareas desde las 17.15 hasta las 6.00» en los días laborales, y «en los festivos trabaja 24 horas».

Causas técnicas

El 29 de marzo de 2019, la empleada recibió «una carta de despido objetivo por causas técnicas», misiva que también recibieron otros compañeros de su departamento.

El juez no acepta que el caso se ajuste a las «causas técnicas, organizativas y productivas» alegadas por la empresa para justificar el despido objetivo, y subraya que la reforma laboral aprobada en 2012 «no exime al empleador del deber de acreditar que real y efectivamente atraviesa por dificultades de cierta entidad para cuya superación es medida adecuada y razonable la extinción de contratos de trabajo», informa Efe.

En este caso, la empresa alegó para justificar el despido objetivo informes de futuro sobre el desalentador panorama del sector en las islas, que nada probaban sobre su mala salud económica «en el momento de ordenar el despido».

El juez indica que, para justificar el despido en razones objetivas, es necesario acudir a una causa «excepcional», y expone que la automatización de tareas hasta ahora desarrolladas por humanos no puede considerarse algo singular, cuando todos los estudios apuntan a que «la automatización de procesos como la operada en el caso presente implicará una destrucción de empleos de al menos el 35% de la población activa» en los años venideros.

Según el fallo, las causas técnicas parten, entre otros, de un cambio en los medios o instrumentos de producción.

En el caso de la automatización, «más que un cambio -entendiendo tal como conversión o modificación de algo en otra cosa- la automatización implica la irrupción de algo nuevo, y no el cambio de algo pasado», agrega la sentencia.

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