Los inversores no tendrán que declarar sus criptodivisas en 2021 por el retraso de Hacienda
El PSOE castiga a socimis, sicavs y al alquiler en sus enmiendas a la ley antifraude
La nueva ley antifraude impide que los bancos con sede en paraísos fiscales identifiquen a sus clientes
Tiro por la culata del Gobierno: las sicavs seguirán sin pagar impuestos y no tendrán ningún control
Los inversores que tengan criptomonedas fuera de España o las plataformas que presten servicios de tenencia y operativa sobre estos activos no tendrán que declarar esta información ante la Agencia Tributaria, al menos este 2021. Y es que cinco meses después de que se aprobase la ley antifraude, Hacienda no ha desarrollado los reglamentos necesarios para las declaraciones informativas que atañen a las criptodivisas, un desarrollo que no se espera ya para lo que queda de ejercicio.
Tres novedades incluye la Ley de medidas y Prevención contra el fraude fiscal referidas al mundo criptográfico. La primera de ellas es la obligación de informar sobre monedas virtuales en el extranjero através del famoso modelo 720. La nueva ley también obliga a exchanges y casas de cambio a informar sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales. Por último, el texto legislativo establece el deber, para dichas entidades, de comunicar operaciones sobre monedas virtuales, ya sea su adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros o pagos, en las que intervengan. Esta misma exigencia se extiende a quienes realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales.
Las obligaciones de suministro de información necesitan de un desarrollo reglamentario, algo que es competencia de la Dirección General de Tributos y que a día de hoy no se ha producido. Ni está ni se le espera, porque en los anuncios de declaraciones informativas que ha hecho la Agencia Tributaria no se trata ninguna de estas exigencias. Por ese motivo, fuentes especializadas consultadas por OKDIARIO estiman que ese desarrollo no llegará antes de que termine 2021, una previsión que confirman en Hacienda.
Que no se hayan desarrollado esos reglamentos no exime de la tributación de ganancias y pérdidas patrimoniales en los casos correspondientes. Sí que impide el reporte de la información mencionada, ya que se desconocen ciertos rasgos de esa obligación, como de qué se debe informar, a partir de qué límite o a través de qué modelo. José Antonio Bravo Mateu, asesor fiscal especializado en criptoactivos en Àgora Assessors subraya que “lo que quiere Hacienda, de una forma u otra, es saber si la gente tiene criptodivisas y por eso recurre a los exchange. Como en el extranjero no pueden pedir esa información, la solicitan directamente a los contribuyentes”.
En Hacienda defienden que la ley no fijaba ninguna fecha concreta, por lo que, a pesar de haber transcurrido cinco meses desde su aprobación, entienden que no se está dando ningún retraso. También argumentan lo complejo de redactar un desarrollo reglamentario y unas órdenes ministeriales que incluyan los modelos de declaración, así como lo novedoso de este proyecto a nivel europeo.
Además de ese refuerzo al cerco fiscal sobre las criptodivisas, entre otras cuestiones, la ley antifraude endurece la fiscalidad de socimis y sicav. También recoge el castigo fiscal en los impuestos relacionados con los inmuebles, como Transmisiones, Sucesiones o Patrimonio, y limita los pagos en efectivo entre profesionales y particulares a 1.000 euros.
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