Ingreso mínimo vital: estas son las sanciones por defraudar con el IMV
El Ingreso Mínimo Vital ayudará a más de 850.000 hogares españoles
El Gobierno ha anunciado las sanciones que se han establecido para las personas que quieran defraudar con el Ingreso Mínimo Vital, para así prevenir que suceda y que sea solicitado únicamente por quienes de verdad lo necesitan. Defraudar con el IMV puede suponer una sanción leve o bien otras mucho más graves con consecuencias muy duras para el infractor.
¿Cómo serán la sanciones por defraudar con el IMV?
Las sanciones pueden ser desde un simple apercibimiento cuando la infracción es leve a incluso perder la prestación durante seis meses en el caso de las más graves, debiendo además reintegrar lo recibido. Así figura en el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, que es el que establece el Ingreso Mínimo Vital y que se publicó hoy lunes, 1 de junio, en el BOE.
Se considera una infracción leve aquella en la que no se proporciona la información o documentación precisa para poder acreditar los requisitos y la conservación de la prestación. Cometerla supondrá tan solo un apercibimiento para el infractor.
Esa omisión en la información o documentación puede llegar a convertirse en una infracción grave cuando hubiera derivado en una percepción indebida, así como si no se comunica cualquier cambio que la pudiera modificar, suspender o terminar, en el plazo de 30 días.
Se considerará también una infracción grave no comunicar que se va a realizar un viaje de más de 15 días al extranjero. También lo será no cumplir con la obligación de participar en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Además, cometer tres infracciones leves dará lugar a una infracción grave. Las sanciones en el caso de faltas graves pueden ser perder la prestación entre 3-6 meses, que se extinga definitivamente e incluso que se deba reintegrar el importe correspondiente a 3-6 meses de la prestación.
Si una persona falsifica su patrimonio o ingresos para poder percibir el Ingreso Mínimo Vital, o bien oculta cambios sustanciales en cualquiera de ellos para lograr esta prestación, deberá reintegrar en su totalidad todo lo recibido. Además, en este caso el infractor podrá también ser objeto de responsabilidades administrativas, civiles y/o penales.
¿Cuándo se puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
El IMV entra en vigor hoy y podrá solicitarse a partir del próximo 15 de junio, y tendrá carácter retroactivo desde hoy si se solicita antes del mes de septiembre. Unos 850.000 hogares se beneficiarán de esta medida, se calcula que el 16% de ellos monoparentales con el 90% encabezados por una mujer.
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