Hasta 5 años de cotización extra: el regalo de la Seguridad Social a los que cumplan estos requisitos
Los becarios podrán pedir hasta 5 años de cotización extra que ofrece la Seguridad Social
Cumplir con los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años con el 100% de la pensión cada vez es más complicado en España. Para jubilarse en España en 2025, hay que cumplir con mayores condiciones de cotización y la Seguridad Social ofrece hasta cinco años extra a los alumnos de prácticas formativas que cumplan con una serie de requisitos. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre los 5 años de cotización que ofrece la Seguridad Social para los becarios.
Para acceder a la jubilación a los 65 años con el 100% de la pensión en este año 2025, hay que acreditar una cotización mínima de 38 años y tres meses. De acuerdo con la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, aprobada por el Gobierno de Zapatero, los que no cumplan con estos requisitos tendrán que esperar a los 66 años y ocho meses para jubilarse. Así hasta el año 2027, año en el que la edad de jubilación aumentará hasta los 67 años para los que no demuestren una vida laboral de 38 años y seis meses.
Por ello, todo año de cotización suma y los alumnos de antiguas prácticas formativas se podrán acoger hasta a cinco años extra gracias a la Seguridad Social. Esta nueva norma está destinada a las personas que realizaron prácticas antes del 1 de noviembre de 2011 y a los que lo hicieron de forma no remunerada hasta el año 2024. Esto tiene una explicación: a partir de 2011 y hasta 2024, solo cotizaban por contingencias comunes los becarios que recibían una remuneración.
Requisitos para acceder a 5 años de cotización
Los alumnos de antiguas prácticas formativas se podrán acoger a cinco años de cotización extra, lo equivalente a 1.825 días, si están dentro de estos grupos, según especifica la página web de la Seguridad Social:
- Prácticas realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad.
- Prácticas realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva, es decir, siempre que no tengan carácter laboral.
- Prácticas realizadas por alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
- Participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero, realizados con anterioridad al 4 de febrero de 2006.
También se podrán acoger a esta cotización extra los «universitarios que hayan realizado prácticas académicas externas retribuidas afectadas por la anulación del Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, con anterioridad al 28 de junio de 2013».
Cómo solicitar los 5 años de cotización
Los alumnos que en su día estuvieron dentro de estos grupos podrán reclamar un máximo de 1.825 días y la fecha máxima de solicitud será el 31 de diciembre de 2028. «Hasta el 31 de diciembre de 2028, las personas interesadas podrán solicitar suscribir el convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de forma previa al pago de la cotización que les correspondiera», informa la Seguridad Social en su página web.
Los antiguos becarios que cumplan con los requisitos tendrán que pagar entre 40 y 140 euros al mes por los periodos de prácticas realizadas entre 1980 y 2006. Por lo que respecta a la base de cotización, se tendrá en cuenta la del año en el que se llevó a cabo la actividad y se tomará la base mínima del grupo 7 del Régimen General. La cantidad a ingresar por la cotización de 5 años extra que ofrece la Seguridad Social se podrá pagar en un único plazo o de forma fraccionada en un máximo de 84 mensualidades, que equivale a 7 años.
Las personas interesadas en acceder a esta ayuda tendrán que acceder a la documentación que encontrarán en el apartado «convenio especial por prácticas» en la sede electrónica de la Seguridad Social. «El plazo de resolución y notificación de la solicitud es de seis meses, computados desde la fecha en que la solicitud haya sido presentada formalmente a través de cualquiera de los medios habilitados para ello», informa.
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