Economía
IMPUESTOS

Hacienda sólo devolverá el dinero al 10% de los autónomos que tributaron por las ayudas del Covid-19

Los autónomos podrán recuperar los impuestos que pagaron por las prestaciones por cese de actividad

  • Benjamín Santamaría
  • Economista, analista, conferenciante y máster de educación. Redactor de economía en OKDIARIO y autor de "La economía a través del tiempo" en el Instituto Juan de Mariana

La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) estima que Hacienda sólo revisará la declaración del 10% de los autónomos que recibieron ayudas Covid-19, según ha explicado la organización a OKDIARIO. En concreto, las personas que se encuentren en esta situación podrán recuperar los impuestos que pagaron por las prestaciones por cese de actividad entre 2021 y 2023. Según un informe del Tribunal de Cuentas, muchos de ellos deberán de devolver el monto cobrado por una gestión «ineficiente», por lo que en su momento abonaron una parte del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) superior al que les correspondía.

Según explican fuentes expertas, muchos autónomos recibieron ayudas durante la pandemia por cese de actividad. Sin embargo, dados los numerosos decretos que se crearon para regularlas (7 en tres años) se creó un ambiente de confusión que provocó que muchos solicitaran la prestación sin conocer con claridad si tenían derecho a ella.

Ante esta situación, la Seguridad Social repartió las ayudas sin comprobar si los beneficiarios cumplían con los requisitos. Tras ello, Hacienda les cobró los impuestos correspondientes por haber tenido esos ingresos.

Ahora, el Gobierno exige que aquellos que disfrutaron de las ayudas sin cumplir con los requisitos devuelvan el dinero. Por ello, muchos autónomos se encuentran con que tienen que restablecer un ingreso por el que ya han tributado. Así, Hacienda no va a tener más remedio que revisar las declaraciones de varios años (hasta 2023) para arreglar el desbarajuste.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. (Foto: EP).

El propio Tribunal de Cuentas ha criticado la forma de proceder el Ejecutivo: «La gestión de esta prestación se ha visto condicionada, principalmente, por su escasa y poco clara regulación jurídica». «A pesar de sus sucesivas modificaciones, la regulación recogida en dicho artículo se ha revelado insuficiente para su adecuada gestión, poniendo de manifiesto, en ocasiones, tanto la imprecisión de sus términos como la falta de previsión de determinados aspectos (nacimiento del derecho o causas de extinción, entre otras)», explica el organismo.

El Tribunal de Cuentas también habla de una «gestión ineficiente de los recursos públicos» por parte del Ministerio. Según mantiene, las siete modificaciones de la norma original no sirvieron para una gestión eficaz, que perjudicó a los autónomos.

«Ni las sucesivas modificaciones del artículo 17 ni la emisión de los criterios interpretativos por parte de la DGOSS han permitido garantizar una aplicación homogénea de la norma, y así, los trabajos de fiscalización desarrollados han permitido constatar la adopción de criterios dispares, ante idénticas situaciones de hecho, tanto por sus órganos gestores como por los órganos judiciales en la aplicación de la norma, que han tenido como consecuencia un tratamiento no homogéneo, y, por tanto, desigual», sentencia el organismo.

Hacienda y los autónomos

La asociación asegura que, «del casi 1,5 millones de autónomos que en algún periodo tuvieron esas ayudas», estima que «un 10% podrá solicitar la rectificación de la declaración de la renta», que en todo momento será a favor del contribuyente, es decir, que Hacienda tendrá que devolver dinero a estas personas.

ATA insiste en que los autónomos que quieran solicitar la rectificación deberán «hacer una corrección en su declaración de la renta, no una complementaria». «Como es a favor del autónomo porque tiene que declarar el importe de rentas que han computado como ingresos, todo eso tiene que corregirse», explica la organización. En definitiva, el proceso que tiene que seguir el afectado es «una solicitud de rectificación de autoliquidación»

«Se han declarado más ingresos de los que realmente ha habido. En el momento que los devuelves, ya no corresponden con los ingresos que tú has declarado. Esa renta ya no existe porque la has tenido que devolver y, por tanto, hay que rectificar la cuantía de los ingresos», sentencian. Además, ATA advierte que los afectados deben «acompañar la solicitud con una resolución de la mutua».

En el caso de los afectados por la campaña de 2020, «el periodo de prescripción de esa solicitud por parte del autónomo es hasta el 1 de julio de 2025», una fecha clave para los afectados.