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En un entorno cada vez más digitalizado, donde los pagos con tarjeta y plataformas electrónicas se han vuelto parte habitual de la vida cotidiana, las autoridades fiscales también evolucionan para adaptarse a esta nueva realidad. Hacienda, en su misión de garantizar el cumplimiento tributario y luchar contra el fraude, ha dado un paso más con un proyecto normativo que marcará un antes y un después en la forma en que se vigilan las transacciones. A partir de 2025, las entidades emisoras tendrán la obligación de reportar todos los pagos que superen una determinada cifra anual realizados mediante tarjeta (ya sea de crédito, débito, prepago o incluso a través de plataformas digitales).
Esta medida, que se enmarca dentro de un esfuerzo más amplio por reforzar la transparencia financiera, promete generar debate entre particulares, empresas y autónomos. Más allá de evitar la evasión, éste nuevo sistema busca garantizar que todos contribuyan de manera justa al sostenimiento del Estado del bienestar. Y lo hace en un contexto donde la tecnología ha facilitado tanto la gestión económica como el ocultamiento de operaciones.
El nuevo enfoque de Hacienda para controlar los pagos digitales
El eje de este cambio normativo radica en una declaración informativa que las entidades emisoras de tarjetas estarán obligadas a presentar de forma anual. Esta obligación, que comenzará en 2026 pero se aplicará a los movimientos realizados durante 2025, supondrá un incremento considerable en el nivel de detalle que deberán entregar bancos y otras entidades financieras a la Agencia Tributaria. En concreto, el requisito principal es informar sobre todas las tarjetas que hayan superado los 25.000 euros anuales en operaciones, independientemente de la modalidad de la tarjeta ni el tipo de moneda.
Esto implica que tanto tarjetas físicas como virtuales, de crédito, débito, prepago, monedero o incluso tarjetas asociadas a plataformas como PayPal o Google Pay, estarán sujetas a este nuevo control. No sólo se recogerán los importes totales de los movimientos, sino también datos identificativos del titular de la tarjeta y el número de operaciones efectuadas a lo largo del año.
¿A quiénes afecta y cómo cambia el panorama para autónomos y pymes?
Para los autónomos y pequeños empresarios, ésta nueva normativa implica una mayor presión fiscal y administrativa. A partir de la entrada en vigor del decreto, los cobros que se reciban mediante tarjetas o apps de pago como Bizum, Stripe o similares serán reportados mensualmente, independientemente de la cantidad. Es decir, aunque el importe sea modesto, si se trata de una operación comercial, será comunicado directamente a la Agencia Tributaria.
El objetivo del real decreto es aumentar la transparencia en los medios de pago digitales y combatir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. En los últimos años, la digitalización ha traído consigo ventajas evidentes, como mayor comodidad, velocidad y seguridad en las operaciones financieras. Sin embargo, también ha abierto la puerta a prácticas irregulares, sobre todo cuando se trata de operaciones fragmentadas, ingresos no declarados o pagos en negro.
Impacto en el comercio electrónico y plataformas digitales
Uno de los sectores que más puede verse afectado por esta medida es el del comercio electrónico. Las plataformas de venta en línea, deberán prestar atención al tratamiento fiscal de los cobros que reciban sus usuarios. Esto incluye desde tiendas virtuales hasta creadores de contenido, freelancers, y pequeños emprendedores que venden productos o servicios por internet.
El hecho de que las plataformas de pago digitales deban reportar también implica que los ingresos generados por estas vías ya no podrán pasar desapercibidos. Si un creador digital, por ejemplo, recibe pagos constantes a través de una tarjeta vinculada a PayPal y supera los 25.000 euros en un año, esta información será reportada automáticamente. Este control adicional obligará a una mayor formalización de muchas actividades económicas que, hasta ahora, funcionaban en la frontera entre lo personal y lo profesional.
¿Y los particulares? ¿Hay motivos para preocuparse?
Para la mayoría de los ciudadanos, normativa no debería suponer un problema si sus movimientos financieros están correctamente declarados o no tienen una actividad económica no registrada. Aun así, conviene tener en cuenta que las entidades reportarán cualquier tarjeta con un volumen anual de operaciones superior a 25.000 euros.
Además, hay que considerar que el límite de 25.000 euros se aplica por tarjeta, no por persona. Esto significa que si una persona utiliza varias tarjetas de diferentes emisores, cada una será evaluada individualmente. Así, se podrían dar situaciones en las que los umbrales se superen sin que el titular sea consciente, generando una alerta automática para Hacienda.
Aunque aún no se ha aprobado de forma definitiva, el proyecto de real decreto ya ha sido sometido a información pública y se encuentra en fase de revisión por el Consejo de Estado. Una vez que reciba el visto bueno, será aprobado por el Consejo de Ministros, lo que dará luz verde a su implementación. La primera declaración, como se ha mencionado, tendrá lugar en 2026 y recogerá los datos correspondientes al ejercicio de 2025.
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