El Gobierno veta la entrada de terceros accionistas al gasoducto Medgaz hasta 2031
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El Gobierno de Pedro Sánchez ha ampliado hasta 2031 el veto a la entrada de terceros accionistas a los gasoductos de Medgaz y Magreb, lo que asegura así el control para sus actuales accionistas -Naturgy, Sonatrach y Galp- hasta 2031 y finales del próximo mes de octubre, respectivamente. Esto supone que el fondo australiano IFM, si finalmente entra en Naturgy a través de la OPA parcial que está pendiente de aprobar el Ejecutivo, no podrá vender este activo conjuntamente con los otros dos fondos presentes en el capital de la gasista, CVC y GIP.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las dos órdenes por las que se extiende la exención de los dos gasoductos del cumplimiento de determinadas disposiciones en relación al acceso de terceros y de las obligaciones de separación de actividades como empresa transportista.
En cuanto al Medgaz, el gasoducto submarino entre Argelia y Europa vía España, el gabinete dirigido por Teresa Ribera da así respuesta a la solicitud que los titulares realizaron el pasado 22 de enero.
El gasoducto comenzó su operación en abril de 2011 y actualmente opera con una capacidad de transporte de 8 bcm (unos 8.000 millones de metros cúbicos) al año, una longitud aproximada de 200 kilómetros y una profundidad máxima de 2.160 metros.
Medgaz es propiedad de la argelina Sonatrach (con una participación del 51%) y Naturgy (con el 49% restante, a través de un vehículo de propósito especial -SPV- en el que participa BlackRock) y existe un acuerdo de accionistas que les otorga el control conjunto del gasoducto.
Ampliación
Este mismo martes, Naturgy y Sonatrach acordaron la entrada en funcionamiento de la ampliación de Medgaz para el cuarto trimestre de este año, que, tras una inversión de 90 millones de dólares (unos 73 millones de euros), vehiculará un 25% del gas natural que se consuma en España y fortalece así la relación estratégica entre ambas compañías.
En concreto, el acuerdo prevé la ampliación en 2 bcm (2.000 millones de metros cúbicos) al año de capacidad del gasoducto, lo que supone un 25% más, hasta superar los 10 bcm/año (10.000 millones de metros cúbicos anuales) a partir del cuarto trimestre.
En el caso del gasoducto del Magreb, el pasado 25 de enero, Europe Magreb Pipeline Limited (EMPL) -participada en un 77,2% por Naturgy y en 22,8% por Galp Energía y que es titular del derecho de utilización
de la sección marroquí del gasoducto- presentó solicitud de exención al Gobierno con fecha hasta el próximo 31 de octubre, fecha en la que expira el derecho de utilización. No obstante, los accionistas están negociando con el Gobierno marroquí la extensión de este derecho.
El gasoducto del Magreb entró en operación en noviembre del año 1996 y se divide en tres tramos: el tramo marroquí (539 kilómetros), Frontera Argelia-Tánger, Terrestre; Paso del Estrecho (47 kilómetros), Tánger-Zahara de los Atunes, Submarino; y la Conexión con Europa (274 kilómetros), Zahara de los Atunes-Córdoba, Terrestre.
Los dos primeros tramos son propiedad del Gobierno de Marruecos, excepto el tramo situado en las aguas territoriales españolas, que es propiedad de Enagás Transporte.
La parte de gasoducto que opera Enagás en territorio español está sometida al acceso de terceros, pero naturalmente condicionado por el acceso al gasoducto aguas arriba (punto de origen del gasoducto) y las contrataciones fuera del territorio europeo, lo que impide que se pueda dar una acceso regulado, transparente y no discriminatorio a su parte de las instalaciones. Se considera, por tanto, que la exención del acceso de terceros solicitado por EMPL no puede más que referirse al punto de entrada al tramo español.
Obligaciones
De todas maneras, en las órdenes el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico obliga a que la capacidad no utilizada de Medgaz y Magreb deberá ser ofrecida en el mercado de forma
transparente, objetiva y no discriminatoria y a que los usuarios de la infraestructura tendrán derecho a vender la capacidad contratada
en el mercado secundario.
Igualmente, Medgaz y Magreb deberán remitir al Ministerio y a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), con anterioridad al 1 de abril de cada año, un informe anual con el detalle de las capacidades contratadas, utilización de la capacidad durante el año natural inmediatamente anterior, empresas que han accedido a las instalaciones con las cantidades transportadas por cada una de ellas, precios de acceso, cuentas anuales así como cualquier otra información que ambos organismos soliciten.
Además, en el caso de Medgaz, la sociedad deberá llevar cuentas separadas de las actividades de transporte y comercialización, de acuerdo con los criterios establecidos en la circular 5/2009, de 16
de julio, de la Comisión Nacional de Energía (CNE), sobre obtención de información de carácter contable y económico financiera de las empresas que desarrollen actividades eléctricas, de gas natural y gases manufacturados por canalización.
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