Giro radical en el IRPF: el cambio aprobado por Hacienda que afectará a estos jubilados a partir de este día
Los jubilados mutualistas a los que Hacienda les debe dinero podrán cobrar a partir de julio
Los mutualistas que tienen pendiente un ingreso de Hacienda de hasta 4.000 euros podrán cobrar a partir del mes de julio. El Congreso votó a favor hace unos días de un cambio de ley para que los jubilados que en su día cotizaron de más en el IRPF puedan acceder a la devolución en un pago único. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la devolución de la Agencia Tributaria a los mutualistas que en su día pagaron de más IRPF por un error de la Administración.
Los jubilados que en su día cotizaron por mutualidades laborales siguen en el foco de la noticia por el dinero que les debe Hacienda. Todo debido a las maniobras del ministerio que dirige María Jesús Montero, que el año pasado habilitó un plazo para la devolución, después lo canceló tras gastar 1.300 millones, posteriormente habilitó un calendario de pagos y, ante la indignación popular, volvió a tirar del pago único. Para ello, la Agencia Tributaria necesita un cambio de ley para proceder a la devolución.
«Está previsto que se produzca una modificación normativa, de tal manera que el formulario de solicitud que se presente permitirá obtener en 2025 la devolución de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos», informó la Agencia Tributaria con un «aviso importante» en su última actualización sobre la devolución a los mutualistas que en su día cotizaron de más por un error del fisco y que tenían que completar un formulario para poder reclamar.
Hacienda y los jubilados mutualistas
Así que el Congreso dio un paso importante hace unos días para que los mutualistas puedan cobrar en un pago único cantidades que pueden ir de los 500 hasta los 4.000 euros en función de la sobrecotización realizada por los mutualistas en su día. El pasado martes, el Congreso sacó adelante la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor que llevaba incorporada una enmienda para eximir el IRPF a los beneficiarios del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y otra norma para proceder al pago único a los mutualistas.
De esta manera, esta enmienda que permite el abono a los jubilados tendrá que pasar por el Senado en las próximas semanas para aprobarse de forma definitiva. Así que, si todo sigue las leyes de la lógica, lo normal es que, antes de las vacaciones de verano, los mutualistas beneficiados por la sentencia 707/2023 del Tribunal Supremo podrán recibir sus cantidades después de más de un año de espera.
De ello irá informando la Agencia Tributaria en el canal habilitado para la devolución a los mutualistas después de la histórica sentencia del alto tribunal que benefició a más de cuatro millones de jubilados. Los beneficiarios podrán disfrutar de una reducción del 100% por lo cotizado de más en el 31 de diciembre de 1966, y del 25% a los que lo hicieron de forma completa entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978.
¿Cómo solicitar la devolución?
Para poder solicitar la devolución de lo cotizado de más en su día, los mutualistas afectados tendrán que dirigirse a la página oficial de la Agencia Tributaria. Para poder reclamar el dinero que les pertenece, sólo tendrán que rellenar un formulario añadiendo los datos personales y el número de cuenta al que tiene que ir a parar el ingreso por parte de Hacienda.
En caso de necesitar cruzar datos, desde la Administración se pondrán en contacto para solicitar un requerimiento a cualquier jubilado. Una vez aprobado este pago único, Hacienda ingresará en un plazo aproximado de un mes las cantidades correspondientes. En caso de llegar a final de año y no cumplir con sus deberes, desde la Administración se imponen unos intereses de demora que suelen ser de alrededor de un 4%.
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