Economía
EMPLEO

Estos son los motivos por los que el SEPE puede suspender la prestación a los parados

  • Benjamín Santamaría
  • Economista, analista, conferenciante y máster de educación. Redactor de economía en OKDIARIO y autor de "La economía a través del tiempo" en el Instituto Juan de Mariana

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede suspender la prestación a los parados si cumplen una serie de características que les impiden recibir este dinero. Muchas veces los beneficiarios se piensan que su derecho es ilimitado, pero la Administración establece unos límites que pueden hacer que, de repente, dejen de cobrar sin saber muy bien por qué. En OKDIARIO te explicamos las razones para que trates de evitarlas y ajustarte a la normativa.

En concreto, el organismo vigila que los motivos por los que rechazas un empleo sean legítimos. Es decir, hay ocasiones en los que puedes no haberte apuntado a una oferta de trabajo que la Administración considera válida. En esos casos, es posible que el Estado elimine tu prestación.

Así, el SEPE ha enfatizado en varias ocasiones que el hecho de estar estudiando o tener hijos a cargo no es una justificación válida para rechazar ofertas de trabajo o cursos de formación.

Esta disposición se integra en el compromiso de actividad que deben asumir todos los desempleados que reciben una prestación, ya sea contributiva o un subsidio por desempleo.

El compromiso o acuerdo de actividad «es el pacto o acuerdo escrito entre los servicios públicos de empleo y la persona trabajadora que demanda esos servicios, en el que se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes para incrementar la empleabilidad de esta última, teniendo en cuenta, en su caso, las necesidades de los colectivos prioritarios», según el servicio de empleo público.

En consecuencia, todas las personas en situación de desempleo tienen la obligación de aceptar lo que el SEPE llama colocaciones adecuadas y de participar en actividades que mejoren sus oportunidades de empleo, tales como la formación profesional.

El SEPE puede suspender la prestación

Una colocación adecuada es, según el organismo, «la colocación en la profesión demandada por la persona trabajadora, de acuerdo con su formación, características profesionales, experiencia previa o intereses laborales y también aquella que se corresponda con su profesión habitual o cualquier otra que se ajuste a sus aptitudes físicas y formativas».

Una oficina de empleo de la Comunidad Autónoma de Madrid.

En estos dos últimos casos, la oferta deberá incluir un salario acorde con el establecido en el sector correspondiente. En concreto, la colocación ofrecida deberá ser indefinida y con un salario que no sea inferior al salario mínimo interprofesional (SMI).

Dentro del acuerdo de actividad voluntariamente aceptado, el SEPE también considerará adecuada la colocación convenida dentro del itinerario de inserción, algo que incluye la colocación de duración determinada regulada en el artículo 15,3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como la colocación a tiempo parcial.

«Solamente en este marco, será adecuada la colocación que se ofrezca en una localidad que no sea la de residencia de la persona trabajadora», afirma el SEPE en su portal web.

Es decir, existen tres circunstancias en las que uno puede renunciar a un empleo:

Por tanto, si renuncias al empleo en una de estas ocasiones, no tienes por qué temer que te quiten la ayuda. Sin embargo, el SEPE puede suspender la prestación si considera que has rechazado una colocación adecuada.

Extinción del paro

En términos generales, la extinción del paro puede darse por las siguientes circunstancias:

Por tanto, hay numerosas maneras de perder la prestación por paro. Si quieres mantenerla, ten en cuenta estos requisitos para que el SEPE no la suspenda.