Economía
Impuestos

Eligen a este grupo de españoles para que nunca más paguen impuestos: consulta los requisitos

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Para cualquier trabajador, uno de los momentos más importantes es la jubilación, que conlleva un cambio significativo en su situación a nivel laboral y económico. Por suerte, existen una serie de descuentos y exenciones en el pago de impuestos para los jubilados. Cabe señalar que este 2023 la pensión mínima para quienes se jubilan a partir de los 65 años asciende a 10.963,40 euros al año (13.526,80 euros en caso de tener un cónyuge a cargo).

IVA

En lo que respecta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), lo jubilados pueden estar exentos de pagarlo en diferentes situaciones sanitarias, culturales y educativas. Por ejemplo, los pensionistas que cumplan ciertos requisitos no tienen que pagar los medicamentos. También disfrutan de descuentos en espectáculos culturales, museos y monumentos.

IRPF

Siempre y cuando la pensión no supere ciertos límites, los jubilados pueden estar exentos del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La Ley de IRPF establece en 22.000 euros el mínimo que no hace falta declarar. Esto engloba “las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares”.

Impuesto sobre el Patrimonio

Este tributo, tal y como su propio nombre indica, grava el patrimonio neto de las personas físicas, esto es, el resultado de la suma de los derechos y bienes menos las deudas. Existen exenciones fiscales para los mayores de 65 años.

En el caso de la vivienda, la exención se aplica tanto si se realiza la venta por una renta o por un capital. Ahora bien, la normativa vigente establece el siguiente requisito: el importe obtenido debe destinarse a la constitución de una renta vitalicia no superior a 240.000 euros asegurada en su favor en un plazo de seis meses.

Respecto a la venta de bienes patrimoniales que no sean la vivienda, también se aplica la exención fiscal para los mayores de 65 años, cumpliendo con el requisito de destinar el importe a la a la constitución de una renta vitalicia.

En ambos casos, la exención únicamente se aplica cuando el propietario tenga los 65 años cumplidos.

IBI

En algunas localidades, quienes cobran una pensión de jubilación tienen una cuantía exenta en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que llega hasta el 75%.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Este impuesto varía según la comunidad autónoma donde el pensionista tenga su residencia habitual. La ley establece reducciones en la base imposible para los jubilados que heredan viviendas o negocios familiares.