Pensión

Despídete de tu pensión: el 31 de marzo todo cambia y puede ser fatal para estos jubilados

Seguridad Social
Blanca Espada

Muchos pensionistas se enfrentan cada año a un trámite que, aunque aparentemente rutinario, puede tener consecuencias graves si se pasa por alto. Por este motivo, el 31 de marzo no es una fecha cualquiera para los jubilados que reciben una pensión no contributiva. Este día es el límite para cumplir con una obligación que puede marcar la diferencia entre seguir cobrando o quedarse sin nada. El IMSERSO ha dejado muy claro que no presentar un el documento del que ahora os hablamos puede llevar a la suspensión inmediata de la pensión.

Este aviso no es nuevo, pero cada año hay personas que se despistan, no reciben el formulario a tiempo o simplemente no son conscientes de la importancia de presentarlo. Y lo cierto es que este pequeño descuido puede tener un impacto directo en el bolsillo de los más vulnerables. Hablamos de personas mayores o con discapacidad que dependen completamente de esta ayuda para poder cubrir sus necesidades básicas. El problema es que, si estos pensionistas no cumplen con el trámite exigido antes de la fecha límite del 31 de marzo, no sólo pierden la prestación de forma temporal: en algunos casos, podrían incluso dejar de cumplir los requisitos si se revisa su situación tarde. Por eso, es urgente recordar qué hay que hacer, a quién afecta y cuáles son las consecuencias. Este trámite no es un capricho administrativo, sino parte de un sistema que exige verificar cada año que se cumplen las condiciones necesarias para mantener el cobro de la pensión. A continuación, vamos a explicarlo de forma clara y sencilla para evitar disgustos a quienes más lo necesitan.

Despídete de tu pensión: el 31 de marzo todo cambia

La fecha clave es el 31 de marzo, porque marca el final del plazo para presentar un documento esencial: la declaración anual de rentas. Esta declaración debe realizarla toda persona que cobre una pensión no contributiva, ya sea de jubilación o de invalidez, y consiste en informar de los ingresos anuales que ha tenido su unidad familiar durante el año anterior.

El documento lo remite el organismo encargado de gestionar estas pensiones, que en la mayoría de los casos es el propio IMSERSO o la Comunidad Autónoma correspondiente. Una vez recibido, el pensionista está obligado a devolverlo debidamente cumplimentado antes del fin del primer trimestre del año. Y si no lo hace, la consecuencia es inmediata: se suspende el pago de la pensión.

Esto significa que, aunque se cumplan todos los demás requisitos, el simple hecho de no entregar el formulario a tiempo puede dejar a una persona sin su única fuente de ingresos. Y aunque se puede recuperar la pensión después, solo se podrá hacer con efecto retroactivo hasta un máximo de 90 días desde el momento en que se presenta finalmente la documentación. Cualquier cantidad que se pierda más allá de ese plazo, no se recupera.

¿Qué es la pensión no contributiva y quién la gestiona?

A diferencia de las pensiones contributivas, que dependen de haber cotizado un mínimo de años a la Seguridad Social, las pensiones no contributivas están pensadas para quienes no han podido cotizar lo suficiente o no han trabajado nunca, pero se encuentran en una situación de necesidad. El objetivo es garantizar que, incluso sin una carrera laboral previa, estas personas puedan acceder a una ayuda económica que cubra sus gastos más básicos.

La gestión de estas pensiones corresponde al IMSERSO, aunque en la práctica cada Comunidad Autónoma puede encargarse directamente de su tramitación y seguimiento. Hay dos tipos: la pensión no contributiva de jubilación, para mayores de 65 años, y la de invalidez, para personas entre 18 y 64 años con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%.

Ambas prestaciones requieren que se mantengan ciertas condiciones a lo largo del tiempo: no basta con cumplir los requisitos en el momento de solicitarlas. De ahí la importancia de la revisión anual, que incluye la declaración de rentas, para comprobar que la persona sigue teniendo derecho a recibir la ayuda.

Qué pasa si no entregas la declaración anual de ingresos

La consecuencia directa es la suspensión del pago de la pensión. No se trata de una multa ni de una sanción menor: en cuanto vence el plazo y no se ha recibido la declaración, el sistema deja de abonar la prestación mensual. Y esto puede dejar en una situación muy delicada a miles de personas que, en muchos casos, no cuentan con ningún otro ingreso.

A partir de ese momento, sólo se puede recuperar la pensión si se presenta la declaración que faltaba y se acredita que se siguen cumpliendo todos los requisitos. Pero el problema es que la reactivación del pago solo tendrá efecto con una retroactividad máxima de tres meses. Es decir, si alguien presenta el documento en julio, solo cobrará con carácter retroactivo lo correspondiente a abril, mayo y junio como máximo. Todo lo anterior, se pierde.

Además, este proceso no es automático. El IMSERSO debe revisar toda la documentación, comprobar que no ha cambiado la situación del beneficiario y emitir una nueva resolución. Y, mientras tanto, esa persona estará sin ingresos, lo que puede suponer un verdadero drama.

Requisitos para cobrar la pensión no contributiva en 2025

Tanto para la pensión de jubilación como para la de invalidez, el IMSERSO exige cumplir ciertas condiciones muy específicas. En el caso de la pensión no contributiva de jubilación, los requisitos en 2025 son los siguientes:

  • Edad: Tener 65 años o más.
  • Residencia: Haber vivido en España durante al menos 10 años entre los 16 años y la fecha de solicitud, siendo obligatoriamente continuos los 2 últimos años.
  • Falta de ingresos suficientes: En 2025, se considera que existe carencia si los ingresos anuales no superan los 7.905,80 euros.

Por su parte, para acceder a la pensión no contributiva de invalidez, los requisitos varían ligeramente:

  • Edad: Tener entre 18 y 64 años.
  • Residencia: Haber residido en España durante al menos 5 años, de los cuales 2 deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Grado de discapacidad: Igual o superior al 65%.
    Ingresos: Los ingresos personales anuales también deben ser inferiores a 7.905,80 euros.

Estas cantidades se actualizan cada año y están pensadas para garantizar que solo accedan a la ayuda aquellas personas en situación real de necesidad.

Revisión de cuantías y posibles ajustes en octubre

Una vez entregada la declaración de ingresos, el IMSERSO no sólo  comprueba si la persona sigue cumpliendo los requisitos, sino que también ajusta la cuantía de la pensión. En este procedimiento de revisión, que suele estar resuelto como máximo el 31 de octubre, se calcula cuánto debería haber cobrado el pensionista el año anterior y se regulariza la cantidad para el año en curso.

Esto puede derivar en aumentos o reducciones en la pensión mensual, según la situación económica declarada. Y si se detectan errores o cobros indebidos, el IMSERSO puede exigir la devolución de las cantidades cobradas de más. Por eso, es fundamental ser preciso y honesto al cumplimentar el formulario anual y recuerda, presentarlo antes del 31 de marzo.

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