Deliveroo responde a la sentencia: «No refleja la forma en que los ‘riders’ colaboran con la empresa»
Deliveroo encaja su primera derrota judicial en España. El juzgado de primera instancia nº6 de Valencia ha dado la razón a un repartidor de la compañía tras considerar que es «falso autónomo». Fuentes oficiales de la empresa apuntan que desde la empresa están valorando la sentencia «antes de decidir los próximos pasos».
La sentencia puede ser recurrida por Deliveroo y todo apunta a que la compañía peleará en los tribunales la resolución, ya que según señalan, el fallo judicial no refleja la forma en que los riders colaboran actualmente con Deliveroo y en este caso, se refiere a un rider que tenía un contrato anterior».
La compañía se escuda en los tribunales de Reino Unido y Francia, que tras examinar los contratos vigentes en Europa, «la justicia ha confirmado que se trata de verdaderos autónomos».
Libertad de elegir
Pese a que la sentencia pone en tela de juicio el modelo laboral de Deliveroo, la compañía «continuará ofreciendo a los riders un trabajo flexible a la vez que mejora su seguridad con un seguro gratuito líder en el mercado», siempre según las mismas fuentes consultadas.
Los repartidores de Deliveroo «trabajan por cuenta propia, ya que este es el modelo que les proporciona la libertad de elegir cuándo y dónde trabajar, que es lo que los propios riders confirman que quieren», señalan.
El fallo de este juzgado de Valencia se suma a las consideraciones de la Inspección de Trabajo de Valencia y Madrid: concluyen que los repartidores de la compañía deben cotizar en el Régimen General de la Seguridad Social, conforme a la legalidad vigente.
El organismo dependiente del Ministerio de Empleo ratificó el pasado mes de enero que los riders son asalariados aunque en sus respectivos contratos figuren como empleados autónomos.
Recurrió el acta de la Inspección de Trabajo
Tras la resolución de la Inspección de Trabajo de Valencia, Deliveroo tomó la decisión de recurrir el acta del organismo. La empresa rechazó la conclusión de la IT y defendió su postura con los mismos argumentos: la compañía brinda a los riders flexibilidad y libertad en sus horarios.
Mientras la Inspección de Trabajo deduce que los trabajadores de la empresa de comida a domicilio son asaliariados, Deliveroo sostiene que son autónomos. El escrito de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valencia incide en que la empresa de comida a domicilio Deliveroo “encubre” una auténtica relación laboral con sus riders (repartidores). Por consecuencia, la Inspección entiende que ha habido una falta de alta y cotización en el Régimen General.
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