La CNMC multa a Disa tras incumplir compromisos en la compra del 50% de Shell Aviation España
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de un millón de euros a Disa Corporación Petrolífera por haber incumplido varios de los compromisos que la petrolera asumió para poder formalizar la compra del 50% de Shell Aviation España en el año 2013.
El organismo presidido por Cani Fernández señala que el incumplimiento de compromisos en las operaciones de concentración que autoriza la CNMC es una infracción administrativa de carácter muy grave, prevista en la Ley de Defensa de la Competencia. El 25 de marzo de 2013, la extinta Comisión Nacional de la Competencia (CNC) autorizó la compra del 50% de Shell Aviation España por parte de Disa, pero condicionada a que ésta cumpliera siete compromisos y evitar así problemas de competencia en los mercados afectados.
En 2016, la CNMC, durante su labor de vigilancia de la operación, consideró que debían ser prorrogados tres de los compromisos impuestos (referidos al transporte marítimo de querosenos entre islas), con objeto de garantizar que el acceso al servicio de transporte marítimo de combustible de aviación entre las Islas Canarias se realizara en condiciones objetivas, transparentes y no discriminatorias.
Mantenimiento de los compromisos
En este sentido, Disa debía seguir publicando determinada información en su página web sobre las tarifas aplicadas a sus clientes, el sistema de acceso de terceros a los servicios de transporte entre islas, y sobre su plan de inversiones. Además, seguía obligada a reportar periódicamente a la CNMC información relativa a las peticiones de servicio, los trayectos realizados y las congestiones físicas o contractuales registradas.
Sin embargo, ante los indicios de incumplimiento de dichos compromisos, el pasado 2 de marzo, la CNMC inició un expediente sancionador contra la compañía. Una vez instruido el procedimiento sancionador, la CNMC ha acreditado los siguientes incumplimientos de los compromisos cuarto y quinto por parte de la petrolera, ya que Disa no actualizó en su web la información sobre servicios y tarifas aplicadas conforme al contrato con un operador petrolífero de 1 de enero de 2018.
Tampoco actualizó las tarifas aplicadas por los servicios prestados a dos operadores petrolíferos (el primero a partir de junio 2019 y el segundo a partir de agosto de 2019) en atención a los puertos de carga que estas empresas empleaban, ni recogió el plan de inversiones de los años 2018 y 2019.
Asimismo, Disa incumplió el compromiso sexto al no informar a la CNMC en sus reportes mensuales de tres solicitudes de transporte del año 2019. Esta situación impidió que se alcanzaran los objetivos del compromiso, aceptados por la compañía en 2013, y que pretendían solucionar los riesgos para la competencia por la compra del 50% de Shell.
La CNMC recuerda que recuerda que contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
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