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Cambio confirmado en la Ley: el inquilino puede comprar el piso si el propietario fallece

Un inquilino podrá hacerse con el piso en propiedad si el usuario fallece gracias a la figura jurídica de la usucapión

inquilino propietario piso
(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

Los conflictos entre un inquilino y el propietario del piso están a la orden del día por la última práctica de los okupas, que se ha denominado como inquiokupación. En España, la ley ampara a un propietario a convertirse en dueño del piso de un propietario acogiéndose a la figura jurídica que se denomina usucapión. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la norma que permite a un inquilino hacerse con el piso de un propietario.

«Adquisición de una propiedad o de un derecho real mediante su ejercicio en las condiciones y durante el tiempo previsto por la ley». Así define la Real Academia Española esta figura jurídica también conocida como prescripción adquisitiva. Es decir, la usucapión es una forma de hacerse con la propiedad de una vivienda u otro bien a través de una posesión pacífica con el propietario.

El Código Civil también hace mención a esta figura jurídica recogida en el Derecho romano. «La propiedad se adquiere por la ocupación. La propiedad y los demás derechos sobre los bienes se adquieren y transmiten por la ley, por donación, por sucesión testada e intestada, y por consecuencia de ciertos contratos mediante la tradición. Pueden también adquirirse por medio de la prescripción», dice el artículo 609 del Código Civil y en el 1931 también pone de manifiesto que podrán hacerse con estos bienes las personas «capaces para adquirirlos por los demás modos legítimos».

Para que un inquilino pueda llegar a convertirse en propietario con el paso del tiempo, tendrá que cumplir con tres requisitos:

  • Posesión.
  • Buena fe.
  • Justo título.

El inquilino y el piso del propietario

«Si posees un bien de otra persona durante el tiempo suficiente, ese bien acabará siendo tuyo», comienza diciendo en un vídeo publicado en las redes sociales el perfil de los abogados @juristadebolsillo. «Es así por ley. Afecta tanto a bienes inmuebles, como un vehículo, como a una vivienda», informan antes de entrar de lleno en la materia en lo que respecta a esta figura jurídica.

@juristadebolsillo ¿Sabías que el derecho de Usucapión puede transformar la tenencia en propiedad? 🤔 ¿Alguna pregunta o situación similar? ¡Déjame saber en los comentarios!✍🏻 Estoy aquí para ayudarte y responder a todas tus dudas sobre el tema que exploramos en el vídeo. #abogados #law #lawyer #usucapion #legal #ley #españa #derecho #justicia #follow #parati #viral ♬ sonido original – Paunero y Jerónimo | Abogados

«Hablamos de una figura que en derecho se denomina usucapio y consiste en lo siguiente: en el caso de los bienes muebles, como pueden ser un vehículo o joyas… Si estás en posesión de un bien, aunque no sea tuyo, durante tres años si existe buena fe, es decir, te han entregado el vehículo de la forma que sea en un momento dado, o seis años sin necesidad de que te lo hayan entregado, ese bien mueble podrá ser tuyo», comienzan diciendo en el vídeo.

«Esta figura también se aplica a bienes inmuebles, por ejemplo, en una vivienda», dice sobre el caso en el que un inquilino puede acabar siendo el dueño del piso de un propietario. «Si estás en posesión de una vivienda de buena fe y con justo título durante 10 años, si el propietario está en territorio nacional, ese bien será tuyo a los efectos. Serás propietario», cuentan.

«En el caso de que el propietario no se encuentre en España, el plazo se ampliará a 20 años. Se ampliará a 30 años si no tienes justo título o si no te han dado la posesión del inmueble por ninguna razón, es decir, si has entrado por la razón que sea», dicen sobre estos casos.

«Para regularizar la situación, no ocurre de forma automática; tendrás que ir a un procedimiento judicial y solicitar la propiedad de ese bien mueble o inmueble, acreditando que han pasado todos esos años y que tu posesión ha sido en condición de dueño, es decir, lo has tratado como si fueras dueño», avisa sobre los procesos que se tendrán que seguir para convertirse en propietario de un piso. «Esta figura, aunque resulte difícil de creer, existe y aplica», resaltan estos expertos abogados sobre las personas que se pueden convertir en propietarios si «han estado pagando la contribución, la propiedad de propietarios y después ha sido acreditado en un juzgado». «Si haces esto sin el consentimiento de alguien, lo que estás haciendo es robar», avisan.

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