Bruselas lleva a España al tribunal europeo por el retraso en la reforma de la ley hipotecaria
La Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) por el retraso en aprobar la reforma de la ley hipotecaria con la que el Ejecutivo pretende incorporar al ordenamiento jurídico español la nueva normativa comunitaria que contempla medidas de protección para los hogares que deciden pedir un préstamo para comprar una vivienda.
No obstante, el Gobierno prevé aprobar el texto normativo antes de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJSUE) dicte sentencia. «Estamos trabajando para alcanzar el consenso necesario que permita superar el trámite parlamentario, cuestión que no solo depende del Ejecutivo», han señalado fuentes del Ministerio de Economía.
Bruselas ya apercibió a España, Portugal, Chipre y Croacia en mayo de 2015 por no aplicar la directiva comunitaria sobre créditos hipotecarios que permitiría a los solicitantes de este tipo de préstamos «disfrutar de la protección que les corresponde cuando los suscriben o cuando experimentan dificultades para reembolsarlos».
Además, según ha indicado el Ejecutivo comunitario, al no haberse aprobado la reforma legislativa los intermediarios de crédito no pueden disfrutar de un pasaporte para sus actividades comerciales, lo que priva a los consumidores de los Estados miembros incumplidores de ofertas de crédito «potencialmente más ventajosas procedentes de prestamistas de otros Estados miembros».
«Ello dificulta la competencia, limita las posibilidades de elección y lleva a unos precios más altos», ha concluido la Comisión en un comunicado.
Los países de la Unión Europea deberían haber trasladado esta directiva a sus legislaciones nacionales en marzo de 2016, algo que España no hizo por encontrarse el Gobierno en funciones. Bruselas dio un ultimátum que a España el pasado noviembre en forma de dictamen motivado.
La nueva norma comunitaria introduce «prácticas responsables» de préstamo para proteger mejor a los consumidores, por ejemplo con normas de conducta para los proveedores como la obligación de evaluar la solvencia de los consumidores y divulgar información.
Otras disposiciones recogidas por la directiva tienen que ver con el reembolso anticipado del crédito, los préstamos suscritos en moneda extranjera y las prácticas de venta vinculada. La directiva también prevé un pasaporte de la UE para los intermediarios de crédito que cumplen los requisitos de admisión en su Estado miembro de origen.
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