La Audiencia Nacional archiva la causa contra Mikhail Fridman ante la quiebra del Grupo ZED
La Audiencia Nacional ha archivado la causa contra el empresario ruso Mikhail Fridman por la quiebra de la empresa española ZED World Wide, que el presidente de DIA adquirió en su día por 20 millones de euros.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, en un auto dictado este lunes, afirma que en la instrucción practicada no se ha podido demostrar «la participación ni directa ni indirecta en cuestiones relativas al Grupo Zed por parte de Mikhail Fridman». La decisión acordada por el juez es contraria a lo que interesaba el Ministerio Fiscal.
«No existe indicio alguno tras las diligencias practicadas ni de la posición de dominio del hecho, ni de funciones concretas de supervisión y control de los hechos investigados, ni de conocimiento de los mismos», explica el juez instructor en su resolución.
Por ello, considera que mantener imputado al empresario ruso sería «contrario» al principio de culpabilidad y de la presunción de inocencia, ya que no «existen motivos suficientes para acusar a este investigado como autor, cómplice o encubridor».
El juez García Castellón acordó la imputación de Fridman en agosto de 2019 a petición de la Fiscalía Anticorrupción, que le acusó de que era la persona que controló toda una serie de «maniobras» para llevar a la «asfixia económica» a la tecnológica española y poder adquirirla por 20 millones de euros, un precio muy por debajo al de mercado, informa Europa Press. García Castellón ha determinado ahora que esta teoría de la Fiscalía no era cierta.
El informe de PwC
En el auto, el magistrado se apoya además en la declaración de julio de 2020 de Edwin Harland, socio responsable de PwC que llevó a cabo la auditoria de ZED entre abril de 2013 y noviembre de 2014, y apunta que éste señaló que «no encontró evidencia alguna que relacionara a Fridman con las sociedades investigadas, ni atribuyó ningún tipo de responsabilidad, constando en la causa los informes y cartas de PwC».
Indica el juez además que no considera necesario «ni útil ni pertinente» interesar más «papeles de trabajo que nada van a aportar» a la causa teniendo en cuenta la extensa documental obrante, y recuerda que la documental aportada por la defensa de Fridman, los abogados Jesús Santos y Víctor Mercedes del bufete Baker McKenzie, acredita «la inexistencia de un control ni directo ni indirecto ni sobre las sociedades, ni mucho menos sobre la operativa investigada».
En agosto de 2019 el magistrado acordó la imputación de Fridman ante las acusaciones infundadas, como ha certificado ahora la Audiencia Nacional, de que el empresario lideraba presuntamente una operación financiera que llevó a la quiebra a la empresa española Zed WorlWide.
Adoptó esa decisión después de que la Fiscalía Anticorrupción lo solicitase en un escrito en el que consideraba a Fridman como la persona que controló toda una serie de «maniobras» para llevar a la «asfixia económica» a la tecnológica española y poder adquirirla por 20 millones de euros, un precio muy por debajo al de mercado.
Hasta el archivo, Fridman era investigado por presuntos delitos de maquinación para alterar el precio de las cosas, administración fraudulenta, insolvencia punible y corrupción en los negocios.
La tesis de la Fiscalía, desmontada
La auditoría que realizó la auditora PwC al Grupo Zed se produjo después de que Vimpelcom, propiedad de Fridman, solicitará una investigación sobre la gestión de unas de las sociedades de la tecnológica ante el «riesgo de una apropiación indebida de activos».
En noviembre de 2017, unos meses después de explotar la operación Hanta por la que fue detenido Pérez Dolset, Fridman remitió un escrito a la Fiscalía Anticorrupción en el que se desmarcaba de cualquier responsabilidad en las decisiones empresariales que pudieron haber derivado en la insolvencia de Zed Worldwide.
El juez apunta que los mensajes obrantes en las actuaciones e incluso de las referencias a Fridman en las declaraciones «no implica al investigado en las operaciones investigadas, más allá de referencias de terceros, en las que ninguna intervención directa tiene el investigado».
«No se puede sostener una imputación por referencias que hagan terceras personas si no hay prueba alguna que lo sustente», dice, para después añadir que las acusaciones no gozan de ningún soporte documental.
En su auto, el juez tampoco cree necesario atender la petición de Fiscalía de que declare el responsable de desarrollo de negocio de Vimpelcom, Philip Yalovega, explicando que a pesar de los intentos de que se realice, ha sido imposible su práctica.
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