Adiós a las transferencias de siempre: la Unión Europea cambia las normas y nada será igual
Este 9 de octubre entran en vigor algunos cambios en las transferencias dictados por la Unión Europea
Este 9 de octubre llegan varios cambios en las transferencias, siguiendo con el Reglamento (UE) 2024/886 aprobado en su día por la Unión Europea. Estas novedades tienen que ver con las transferencias inmediatas y la verificación de las transferencias que tendrán que llevar a cabo los bancos españoles por orden de la Unión Europea. El Banco de España también ha emitido un comunicado sobre el cambio que llega con las transferencias por orden de la Unión Europea.
«El próximo día 9 cambian los pagos inmediatos». Este es el titular del artículo publicado por el Banco de España en su blog, en el que informa que «el reglamento europeo sobre pagos inmediatos obliga a los bancos a ofrecer transferencias inmediatas en euros, si ya ofrecen transferencias ordinarias en esta moneda, a partir del 9 de octubre de 2025».
Por ello, a partir de este día los bancos españoles estarán obligados a ofrecer el servicio conforme indica el Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2024, «por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 260/2012 y (UE) 2021/1230 y las Directivas 98/26/CE y (UE) 2015/2366 en lo que respecta a las transferencias inmediatas en euro».
Sobre las transferencias inmediatas, se puede leer en el Boletín Oficial del Estado lo siguiente: «Los proveedores de servicios de pago que ofrezcan a sus usuarios de servicios de pago un servicio de pago para el envío y recepción de transferencias deberán ofrecer a todos sus usuarios de servicios de pago un servicio de pago para el envío y la recepción de transferencias inmediatas».
La Unión Europea y la verificación en las transferencias
Así que a partir de este 9 de octubre los bancos españoles tendrán que ofrecer a sus clientes la posibilidad de realizar una transferencia inmediata y además de forma gratuita, como ya se estableció a primeros de año también por orden de la Unión Europea. En España, la mayoría de bancos también ofrece a sus clientes la posibilidad de realizar una transferencia en cuestión de segundos y de forma gratuita.
Además, este nuevo reglamento de la Unión Europea también introduce una norma que obligará a la verificación por parte de los bancos de todas las transferencias que realicen sus clientes. Ello nace con el objetivo de incrementar la seguridad en estos movimientos de dinero ante el auge de las estafas online en las que los delincuentes suplantan la identidad de las víctimas para sacar el dinero de su cuenta en cuestión de segundos.
Por ello, este reglamento obligará a partir del jueves 9 de octubre a los bancos a realizar una verificación de la transferencia en la que será obligatorio comprobar que el nombre del destinatario coincide con el número IBAN. Hasta la fecha, las entidades financieras sólo verificaban que el IBAN fuera correcto y ahora tendrán que comprobar también los datos personales antes de dar el visto bueno a este movimiento de dinero. Esto pondrá fin a muchas estafas que se realizan a través de estos canales.
El Banco de España y las transferencias
El Banco de España también ha publicado en un comunicado oficial que la introducción de este reglamento garantizará una serie de ventajas para los clientes en materia de seguridad y comodidad a la hora de realizar una transferencia, ya sea ordinaria o inmediata. Según este organismo, la Unión Europea garantizará lo siguiente con las novedades en materia de transferencias:
- Acceso a transferencias inmediatas desde cualquier canal por el que el proveedor de servicios de pago ofrezca transferencias ordinarias.
- Igual coste, o menor, que las transferencias ordinarias.
- Posibilidad de que el usuario establezca límites al importe por operación o por día, modificables en cualquier momento con efecto inmediato.
- Los proveedores de servicios de pago están obligados a ofrecer el servicio de verificación del beneficiario, que permite comprobar que el nombre del beneficiario coincide con el titular de la cuenta a la que se envían los fondos.
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