Un abogado lo deja claro: «Si vas a cobrar más de 33 días por año, lee esto antes de pedir tu cita en el SEPE»
Un abogado ha avisado sobre el problema que te puede causar con el SEPE recibir una indemnización por encima del límite
Recibir una indemnización por despido que está por encima del límite establecido te puede causar un problema a la hora de recibir un subsidio del SEPE. El Tribunal Supremo se ha manifestado recientemente sobre los casos en los que la Seguridad Social podrá considerar como renta los euros de más que se paguen en un finiquito y, por lo tanto, hacer que se superen los límites de ingresos que se requieren para poder optar a un subsidio. Consulta en este artículo todo lo que ha dicho un abogado experto en la materia sobre los problemas que te puede causar con el SEPE recibir una indemnización más alta de la cuenta.
Esta es una situación que a lo largo de la trayectoria profesional atañe a muchos españoles: ser despedidos de una empresa por causas objetivas y ser beneficiarios de una indemnización que sobrepasa el límite. Según establece el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 53, apartado 1, a un empleado que está en esta situación le corresponde como mínimo una indemnización de 20 días por año trabajado en un máximo de 12 mensualidades. La cantidad incluso puede ser superior en caso de negociar con la empresa por un importe superior a los 30 días por año trabajado en caso de que sea improcedente. Y aquí es donde se pueden encontrar problemas a la hora de recibir un futuro subsidio del SEPE.
En caso de que el trabajador en cuestión cumpla con los requisitos de cotización, tendrá acceso a una prestación contributiva por desempleo (el famoso paro) y después tendrá la opción de solicitar un subsidio que ofrece el SEPE, que va en función del nivel de rentas del individuo. Un abogado experto en la materia avisa que, en caso de que la indemnización supere el límite del Estatuto de los Trabajadores, se considerará como un ingreso extra mensual y esto podría provocar que se supere el límite de carencia de rentas para recibir el subsidio.
Un abogado se pronuncia sobre el SEPE
«Cobrar una indemnización elevada tras un despido puede tener consecuencias inesperadas si, una vez agotado el paro, se solicita un subsidio por desempleo». Así informa el abogado Jesús Prieto en un artículo publicado en Idealista sobre los peligros en los que puede derivar una indemnización de más en los subsidios del SEPE que dependen del nivel de rentas mensuales de los beneficiarios.
Este experto pone énfasis en la «indemnización legal mínima obligatoria». «Todo lo que supere ese umbral, aunque sea fruto de un acuerdo, puede dar lugar a la denegación o suspensión temporal de ciertas ayudas, hasta que el nivel de rentas vuelva a situarse por debajo del límite legal», avisa a los trabajadores que estén en esta situación. Jesús Prieto deja claro que, con las indemnizaciones superiores, el exceso computa como renta a efectos de la Seguridad Social.
Este experto en la materia deja claro que este ingreso extra quedará exento a nivel de tributación, pero avisa que el Tribunal Supremo ha dictado en una sentencia reciente que estas exenciones no pueden trasladarse al ámbito de los subsidios. De esta manera, la indemnización no tributaria, pero sí computaría a efectos de renta a la hora de recibir un subsidio una vez finalizada la prestación contributiva por desempleo.
«El mensaje es claro y consolida una doctrina ya asentada: a efectos del subsidio, solo queda excluida del cómputo la indemnización obligatoria prevista para cada modalidad extintiva. Todo lo que supere esa cuantía se considera renta a efectos de la Seguridad Social, aunque derive de un acuerdo válido y no tribute en el IRPF», informa en esta página especializada.
«Esta resolución obliga a analizar con lupa las consecuencias económicas de cualquier despido con indemnización superior al mínimo legal y resulta especialmente relevante para quienes, tras salir de la empresa, prevén solicitar un subsidio asistencial tras agotar el paro», finaliza en su publicación el abogado experto en la materia.
El subsidio del SEPE posterior al paro
La página web oficial del SEPE informa sobre el subsidio asistencial que ofrece la Administración para las personas que han agotado el paro. Para ello, y según informa, el beneficiario «no debe tener ingresos de ningún tipo que, calculados mensualmente, superen el 75% del Salario Mínimo Profesional vigente, excluida la parte proporcional de los pagos extraordinarios». También tendrá que «estar inscrito como demandante de empleo durante un mes y no haber rechazado ninguna oferta de trabajo adecuada, ni haberte negado a participar en acciones de promoción, formación o reciclaje sin causa justificada».
Podrán ser beneficiarios de este subsidio los siguientes grupos de trabajadores, que recibirán el 80% del actual Indicador Público de Ingresos de Efectos Múltiples.
- Trabajadores que han agotado sus prestaciones contributivas por desempleo y tienen responsabilidades familiares.
- Trabajadores emigrantes que regresan.
- Trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado su prestación por desempleo y no tengan responsabilidades familiares.
- Trabajadores mayores de 55 años.
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