El Supremo desmonta la maniobra de Sánchez para salvar su acuerdo con la mayor empresa de armas alemana
La justicia da vía libre al recurso que cuestiona la venta de la española Expal al gigante Rheinmetall
El Tribunal Supremo ha desatendido por ahora la petición de la Abogacía del Estado y ha decidido posponer hasta la sentencia definitiva su pronunciamiento sobre los argumentos que esgrime el Gobierno de España para salvar la autorización otorgada a la compra de la empresa armamentística española Expal Systems por parte del gigante alemán Rheinmetall. La Abogacía del Estado alegó que había causas para inadmitir el recurso de la empresa del sector de origen francés KNDS que impugna el acuerdo del Gobierno. No obstante, en un fallo que desvela OKDIARIO, la Sala Tercera del Supremo acuerda que «procede aplazar la resolución sobre las causas de inadmisibilidad deducidas por el abogado del Estado al momento de dictar sentencia en el presente recurso contencioso-administrativo».
Según el auto fechado el 26 de noviembre de 2024, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que las cuestiones procesales planteadas están estrechamente vinculadas con el fondo del asunto y requieren un análisis más profundo que solo podrá realizarse durante la tramitación completa del procedimiento.
El caso se remonta al 27 de junio de 2023, cuando el Consejo de Ministros autorizó la inversión extranjera directa mediante la cual Rheinmetall AG adquiriría el 100% del capital social de la empresa española Expal Systems, dedicada a actividades relacionadas con la defensa nacional. La francesa KMW + Nexter Defense Systems (KNDS), competidor en el sector y cliente de Expal, presentó recurso contra esta decisión el 8 de julio de 2024. La Abogacía del Estado pedía tumbar de plano el recurso. Defendía que esa empresa de la competencia no tenía legitimidad para impugnar un acuerdo del Ejecutivo relativo a su propio sector.
En concreto, la Abogacía del Estado planteó cuatro causas de inadmisibilidad: la extemporaneidad del recurso, la falta de legitimación activa de KNDS, defectos en el modo de proponer la demanda y la existencia de prejudicialidad por un procedimiento paralelo ante la Audiencia Nacional relacionado con aspectos de competencia.
Sobre la extemporaneidad, el Estado argumenta que el recurso se presentó más de un año después del acuerdo impugnado. Sin embargo, la recurrente alega que el acuerdo nunca fue publicado y que sólo tuvo conocimiento del mismo a través de peticiones de información amparadas en la Ley de Transparencia. En este tipo de acuerdos comerciales existe una parte de secreta por asuntos de información confidencial y de gran delicadeza.
En cuanto a la legitimación activa, la Abogacía sostiene que KNDS no es parte directamente afectada al no ser ni la empresa inversora ni la adquirida, sino simplemente un cliente. La recurrente defiende que los intereses legítimos pueden ser indirectos, especialmente cuando está en juego la protección del interés general.
El tribunal, presidido por Pablo Lucas y siendo ponente Pilar Teso, considera que estas cuestiones están íntimamente ligadas a aspectos sustantivos del caso, como la naturaleza de los acuerdos sobre inversiones extranjeras en el sector de defensa y su régimen de publicidad, así como el alcance de los intereses legítimos en este tipo de operaciones estratégicas.
En su demanda, KNDS solicita que se declare contrario a derecho el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 27 de junio de 2023 que autoriza la adquisición por no salvaguardar la seguridad colectiva, y pide que se modifiquen los compromisos impuestos a Rheinmetall para incluir la obligación de que ni esta ni Expal puedan negarse a suministrar insumos esenciales a empresas de defensa estratégicas de otros Estados miembros de la UE y la OTAN que ya fueran clientes previos.
Además, la empresa gala solicita la anulación completa del acuerdo y que se ordene a la Administración adoptar una nueva autorización con condiciones suficientes para garantizar la seguridad nacional y colectiva.
La decisión del Alto Tribunal de aplazar el análisis de las causas de inadmisibilidad implica que el procedimiento continuará su curso normal. El tribunal considera que resolver estas cuestiones preliminares en este momento «podría erosionar la tutela judicial efectiva que precisa de la sustanciación completa del recurso contencioso-administrativo».
Se trata de un caso que muestra la complejidad de las operaciones corporativas en el sector de defensa, donde se entremezclan cuestiones de seguridad nacional, competencia empresarial y relaciones internacionales. La resolución final podría sentar un importante precedente sobre el control judicial de las decisiones gubernamentales en materia de inversiones extranjeras en sectores estratégicos y, en particular, en relación al Ministerio de Defensa.
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