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La curiosa diferencia entre pedanía y aldea

Con el paso de los siglos, los pequeños asentamientos humanos que se habían producido a partir de la adopción de la agricultura y el sedentarismo dieron paso a la formación de poblaciones estables que irían creciendo hasta necesitar de administraciones, como las que conocemos en la actualidad. Y ahora vemos asentamientos distintos, como la curiosa diferencia entre pedanía y aldea.

Hoy en día, cualquier desplazamiento que realizamos de una localidad a otra, independientemente de que estén separadas por pocos o miles de kilómetros, supone ir de una jurisdicción a la siguiente.

Claro, cualquiera puede distinguir una metrópolis, pero, ¿qué pasa en los casos en los que sólo hay unas cuantas viviendas, algo alejadas entre sí, sin un núcleo urbano como los que conocemos de toda la vida?

La curiosa diferencia entre pedanía y aldea

¿Qué es una aldea?

Esta palabra, traducción del idioma árabe para “granja”, hace referencia a los poblados sobre todo rurales, en áreas campestres, que tienen un tamaño y una cantidad de habitantes menores a las del pueblo. Se les considera una unidad básica en la conformación de las comunidades humanas. Después de todo, los primeros asentamientos eran todos minúsculas aldeas de personas.

En muchos casos abandonadas como síntoma de la Revolución Industrial y del paso a la ciudad, aún somos testigos de una enorme cantidad de aldeas en España, algunas de las cuales conservan vestigios de las antiguas formas de vida. Eso sí, han solido ser absorbidas administrativamente por pueblos cercanos.

En la actualidad, aldea es una de las categorías presentes en el nomenclátor de entidades a fines de clasificación. Se le incorporó en la Orden e Instrucción, como “la entidad de menor vecindario y población, frecuentemente más diseminada que el lugar, pero cuyos edificios están también formando a veces calles y plazas”.

¿Y qué es una pedanía entonces?

Por su parte, una pedanía es una entidad de carácter territorial más que poblacional, cuyo objetivo es otorgarle la autonomía de control a los representantes locales, para que sean éstos los encargados de velar por los derechos de quienes allí habitan, y de expresarse en su nombre frente a las autoridades. En particular es fundamental el papel que desempeña el alcalde pedáneo, sobre quien pesa la obligación de simbolizar a los vecinos.

Se calcula que en España existen a día de hoy cerca de 3.000 entidades locales como éstas, que son incluidas y reguladas por el artículo 45 de la Ley de Bases de Régimen Local, donde se citan los alcances de las mismas, con especial énfasis en la constitución de un órgano ejecutivo elegido, la figura de alcalde pedáneo.

En resumen, la diferencia entre aldea y pedanía radica en que la segunda tiene un sentido ejecutivo, que confiere a alguien el poder para representar a sus residentes; mientras que no necesariamente las aldeas tienen representantes ejecutivos propios, sino que pueden depender de otros aledaños.