El Supremo confirma prisión permanente para el condenado por acuchillar a su hijo en Sueca (Valencia)
La Sala considera que no hay pruebas de una alteración psíquica y rechaza los atenuantes de confesión y reparación del daño
Los hechos probados recogen que mató a su hijo "para causar el mayor daño posible a su ex mujer"
La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a prisión permanente revisable impuesta por la Audiencia Provincial de Valencia y confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) a un varón que mató de 27 cuchilladas a su propio hijo de 11 años en Sueca (Valencia), el 3 de abril de 2022. De este modo, el Alto Tribunal rechaza el auto de casación interpuesto por el condenado.
Según los hechos probados, el menor, que estaba en casa de su padre, envió un mensaje de whatsApp a su madre a las 14:04 horas del 4 de abril de aquel 2022. En ese mensaje el niño preguntaba a su madre si podía ir a recogerle. Luego, la mujer quiso en varias ocasiones ponerse en contacto con el menor, telefoneándole al móvil, pero no obtuvo respuesta. Diez minutos después, el padre permitió al niño que respondiera a la llamada de madre, mientras lo acuchillaba.
Ahora, los hechos probados recogen que el parricida mató al niño para causar «el mayor dolor de todos los imaginables a su ex mujer». Y que fue el «colofón de su deseo de dominación machista contra ella mantenido a lo largo de su matrimonio».
La Sala de lo Penal del Supremo considera que no hay prueba suficiente de una alteración psíquica permanente o episódica que pudiera afectar la capacidad de culpabilidad del recurrente.
Rechaza, también, aplicar el atenuante de confesión reclamada por el recurrente en otro motivo de su recurso. Y no aprecia, finalmente, atenuante de reparación de daño. Es más, indica que no ha habido una reparación efectiva, sino que la acción del recurrente se limitó a un ofrecimiento de reparación al señalar que otorgaría poderes para efectuar la donación del inmueble de su propiedad a la madre, sin que exista prueba de que la donación hubiera tenido lugar.
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