El juez desestima el sobreseimiento para dos ex altos cargos imputados en el ‘caso Oltra’
Miquel Real era el jefe de gabinete de Mónica Oltra y Francesc Gamero el subsecretario
El titular del Juzgado de Instrucción 15 de Valencia, que dirige las diligencias del denominado caso Oltra ha desestimado la solicitud de sobreseimiento de dos de los investigados en la causa. Uno, el que fuera jefe de Gabinete de Mónica Oltra en su etapa como vicepresidenta primera del Gobierno valenciano de Ximo Puig y consejera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Miquel Real. Y otro, Francesc Gamero, que fue el subsecretario.
El caso Oltra es el que investiga, precisamente, el juzgado de instrucción 15 de Valencia para esclarecer si cargos y/o personal de la consejería que Mónica Oltra dirigía supuestamente ocultaron las denuncias de la menor abusada por el entonces marido de la vicepresidenta del Gobierno valenciano.: la mencionada Mónica Oltra
La decisión del juez, trasladada a las partes a través de un auto, no es firme. Y, contra ella, cabe recurso de reforma y subsidiario de apelación directa en el plazo de los tres días siguientes a su notificación, o bien recurso de apelación directo dentro de los cinco días posteriores, también, a su notificación.
Tanto Miquel Real como Francesc Gamero habían presentado escritos en los que solicitaban el sobreseimiento libre de la causa en la que se encuentran inmersos en calidad de imputados.
En noviembre, la solicitud de sobreseimiento fue trasladada, a su vez, al Ministerio Fiscal, así como al resto de las partes personadas, al objeto de que presentaran sus alegaciones correspondientes ante esta petición.
Las acusaciones particulares Vox y Gobierna-Te se opusieron, en tanto que los investigados, y entre ellos Mónica Oltra, sí mostraron su conformidad a que se llevara a cabo el sobreseimiento solicitado.
El juez considera que la solicitud de sobreseimiento de ambos imputados se produce en un momento procesal en que no puede ser adoptada. Y hace constar, además, que el Ministerio Fiscal también se opone al considerar tales pretensiones como «prematuras» e inatendibles».
El juez, según las fuentes consultadas, estima que la valoración del fiscal, mucho más amplia de lo aquí expuesto, es perfectamente ajustada a derecho. Y entiende, además, que que el momento procesal oportuno para adoptar esa decisión es el de la conclusión de la fase de instrucción, que aún no se ha producido.
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