El rechazo del juez a los recursos de varios imputados aboca a Mónica Oltra al procesamiento
El magistrado sí admite el recurso de apelación presentado por una de las investigadas
El titular del Juzgado de Instrucción Número 15 de Valencia ha desestimado los recursos presentados por varios de los imputados en el denominado caso Oltra, a los que se habían adherido otros tantos. Esta medida aboca a Mónica Oltra, ex vicepresidenta del Gobierno valenciano de Ximo Puig. Algo que ya estaba claro después de que este 21 junio este mismo juez decidiera incoar procedimiento abreviado, el paso previo a la apertura de juicio oral. Precisamente, los recursos de los imputados se dirigían contra el auto de apertura de ese procedimiento abreviado dictado por ese mismo juzgado este 21 de junio tras decidir la Audiencia Provincial de Valencia que se volviera abrir la causa.
No obstante, el juez sí ha admitido a trámite un recurso de apelación subsidiariamente interpuesto por una de las investigadas, Carmen Fenollosa. La decisión del juez no es firme y cabe contra ella recurso en el plazo de cinco días hábiles.
Está pendiente, también, el recurso de la asociación Gobierna-T, una acusación particular que, tal como ha publicado OKDIARIO este 6 de septiembre, ha solicitado continuar con la investigación porque considera que aún quedan pruebas por practicar. Por tanto, el procedimiento aún no está cerrado.
El caso Oltra es la denominación que recibe el procedimiento judicial en que se investiga si cargos y/o personal de la Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas, que dirigía Mónica Oltra, entonces vicepresidenta del Gobierno valenciano de Ximo Puig, supuestamente ocultaron las denuncias de la menor de los abusos de que era víctima por parte de quien era el marido de la citada Mónica Oltra. La causa ha sumado 16 imputados. Entre ellos, Mónica Oltra.
Los recursos de los investigados se han producido después de que el juez, a instancias de la resolución en apelación de la Audiencia Provincial de Valenciana trasladara a las partes, con fecha 21 de junio de este 2024, un auto en que disponía que se incoase procedimiento abreviado y de ello se diera cuenta al Ministerio Fiscal y a las partes. El procedimiento abreviado es el paso previo a la apertura de juicio oral.
Por su parte, la defensa de la menor, presentó un escrito en el que impugnaba todos los recursos de reforma presentados contra el auto de incoación. En tanto que el Ministerio Fiscal, a su vez, presentó otro escrito en que igualmente impugnaba los cinco recursos de reforma contra el auto de incoación presentados por los imputados. Y solicitando, también, la confirmación de la resolución recurrida.
En la fundamentación de su fallo, el juez entienden que las alegaciones del reforma presentado «no desvirtúan la legalidad de la resolución impugnada, que debe ser confirmada con desestimación de los recursos de reforma interpuestos».
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