Comunidad Valenciana
DANA

La juez de la DANA no admite la querella de Hazte Oír contra la delegada del Gobierno de Sánchez

Hazte Oír presentó la querella contra Bernabé porque no instó al Ministerio del Interior la declaración de emergencia nacional

La titular del Juzgado de Instrucción Número 3 de Catarroja, en Valencia, ha decidido no admitir a trámite la querella interpuesta por la Asociación Hazte Oír contra la delegada del Gobierno de Pedro Sánchez en la Comunidad Valenciana Pilar Bernabé. A juicio de la asociación querellante, Pilar Bernabé no había instado al Ministerio del Interior del Gobierno de España, que ella representa en este territorio, a declarar la emergencia nacional a causa de la DANA que este 29 de octubre ha asolado 103 municipios de la provincia de Valencia y ha dejado el trágico balance de 224 fallecidos y tres desaparecidos. La magistrada entiende que «la cuestión estriba en si la alegada omisión constituye la base de la atribución de los homicidios y lesiones cometidos por imprudencia grave, objeto de la investigación en este procedimiento, a la delegada del Gobierno». Y añade que «la respuesta ha de ser necesariamente negativa». Agrega que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana establece «como competencia exclusiva de la Generalitat protección civil (…) sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución». Añade, también, que el Consell «es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la Comunidad valenciana en el ámbito de sus competencias (…)». Y concluye que «a la Conselleria competente en materia de protección civil le corresponde ejercer el mando único de la emergencia dirigiendo los planes de protección civil». la juez recuerda en su auto que «nos encontramos en el marco de un procedimiento penal, en el que se ha de establecer un nexo casual, en este caso derivado de la posición de garante en la evitación de fallecimientos y lesiones, a los que ha de sumarse el análisis de la concreta acción que se omitió».

Sostiene también la juez que «constituye nexo común en los fallecimientos, el desconocimiento total y absoluto de la situación de riesgo, lo que llevó a las víctimas muchas de ellas de la tercer edad, a permanecer en plantas bajas, bajar a los garajes, permanecer simplemente en las calles, circular con sus vehículos». Y mantiene a continuación que «la remisión del mensaje a través del sistema Es Alert a las 20:11 horas se limitaba a instar a que se evitaran los desplazamientos, mensaje manifiestamente tardío y erróneo».

Se da la circunstancia de que tal como ha publicado este lunes OKDIARIO, el presidente de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón ha expresado en Madrid que los SMS no se produjeron como alerta del barranco del Poyo, sino tras haber sido informados del riesgo de colapso en 13 horas de la presa de Forata, que al final no se produjo, porque, según ha destacado el propio Carlos Mazón, el aviso por parte del Ministerio de Transición Ecológica y/o la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) nunca se produjo.