La prestación por maternidad no debe pagar IRPF o eso dice una sentencia
La baja por maternidad es un derecho que tienen las mujeres. Sin embargo, que sea un derecho no significa que, en algunos casos, no se intente “sacarle partido” al mismo de distintas maneras. Y una de esas había sido estableciendo que esa prestación tenía que sufragar los correspondientes impuestos de la renta. Sin embargo, ahora se ha dado a conocer una sentencia que viene a exponer que nada de eso, que esa prestación no debe pagar IRPF.
El caso
Una mujer residente en la Comunidad de Madrid es la que ha propiciado que se dé un importante paso, al menos reivindicativo, en pro de evitar que la mencionada prestación por maternidad tenga que pagar su correspondiente impuesto.
Se trata de una fémina que, al quedar embarazada y estar dieciséis semanas de baja como corresponde, recibió el dinero de esa pero comprobó que de esa cuantía una cantidad iba destinada a abonar el impuesto de la renta. Sin embargo, bajo su punto de vista esto no era aceptable y no dudó en llevar su caso a los tribunales.
En concreto, optó por reclamar a Hacienda la cantidad de 3.135 euros y ahora ha conseguido que se le dé la razón. El Tribunal de Superior de Madrid es el que ha dictado sentencia y ha determinado que la ley viene a determinar que la prestación por maternidad está absolutamente exenta de hacerle frente al pago del IRPF.
¿Cambian las cosas?
Está claro que el caso de esta mujer sienta las bases para que, a partir de ahora, las mamás trabajadoras que dieron a luz después de 2012 puedan reclamar los mismos derechos y el mismo resultado que la anterior.
No obstante, aunque se ha generado un gran revuelo al respecto, la sentencia citada no va a sentar jurisprudencia. Es decir, que, a pesar de la decisión del mencionado tribunal madrileño, desde la Agencia Tributaria se ha dado a conocer que va a seguir manteniendo su criterio de cobrar el pertinente impuesto por la prestación de maternidad ya que considera que debe tributar como rendimiento de trabajo.
El motivo de su posición está claro: es mucho el dinero que se embolsa estableciendo el abono del IRPF en esos casos. En concreto, según los datos que han dado a conocer ciertos economistas, por el concepto de prestación por maternidad se desembolsaron 1.560 millones de euros, de los cuales se calcula que Hacienda ingresa al año unos 256 millones de euros.
Reclamar
A raíz de la información publicada en estas horas del triunfo de la ciudadana de a pie que había conseguido una sentencia favorable al respecto y que iba a conseguir que se le devolvieran los algo más de 3.000 euros que había abonado en concepto de impuesto, han surgido muchos rumores. Así, en concreto, ha comenzado a circular un bulo que venía a indicar que se iba a devolver a todas las madres trabajadoras que habían disfrutado de esa prestación de maternidad desde 2012 el dinero que habían abonado a Hacienda por la misma. Sin embargo, eso no es cierto.
Desde la Agencia Tributaria se ha dado a conocer que van a mantener su postura de cobrar el IRPF en esos casos porque consideran que debe tributarse como rendimiento de trabajo.
Eso sí, cualquier mujer que haya disfrutado o esté disfrutando de ese derecho de 16 semanas de baja maternal y haya recibido el dinero por el mismo pagando su correspondiente IRPF puede optar por tomar las medidas que considere oportunas al respecto. Es decir, puede proceder a solicitar la correspondiente devolución a Hacienda de manera absolutamente particular.
Al hacerlo tendrá que esperar a que se desarrollen los cauces normales para ver si, al igual que la mujer que ha obtenido la sentencia favorable, le es reembolsado el dinero correspondiente.
Un dato curioso que también se ha hecho público al respecto es que si el fisco tiene que devolver toda la cantidad que ha obtenido por esa tributación estaríamos hablando de una cifra realmente cuantiosa. En concreto, se estima que la misma podría ascender a los 1.300 millones de euros.
Sea como sea, si cumples con los requisitos citados y quieres que te pueda ser devuelto el dinero que pagaste en concepto de IRPF por baja de maternidad, ponte en contacto con asesores que te puedan indicar los pasos que debes dar. De esta manera te darán toda la información que necesites y te guiarán en el proceso que puede acabar de manera favorable, al igual que en el caso de la mujer trabajadora de la Comunidad de Madrid.
¿Vas a tomar medidas al respecto? ¿Qué te parece la sentencia favorable que abre un camino para la reivindicación de muchas mamás?
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