La Policía detecta un dron no autorizado sobrevolando una «zona crítica» del espacio aéreo de Almería
El aparato se encontraba a menos de un kilómetro del helipuerto
La Policía Nacional ha detectado y neutralizado un dron que sobrevolaba sin autorización las inmediaciones del helipuerto del Hospital Universitario Torrecárdenas, una «zona crítica» del espacio aéreo de Almería. El aparato se encontraba a apenas 1.000 metros del aeródromo.
El suceso tuvo lugar el pasado 7 de mayo, durante las tareas de vigilancia aérea del ejercicio Marsec-2025. Agentes especializados de la Unidad de Seguridad y Protección Aérea detectaron mediante medios técnicos un dron cerca del cruce de la calle Costa del Azahar con camino Romero, junto a la Casa del Cine.
La Policía activó el protocolo de seguridad y dio aviso a la sala coordinadora del 091, que envió una patrulla a la zona. Los agentes localizaron al piloto y neutralizaron el dron, evitando así «riesgos potenciales para la seguridad aérea».
El vuelo incumplía la normativa vigente, ya que se estaba realizando sin las comunicaciones ni autorizaciones preceptivas al tener lugar en un entorno urbano y en la zona de influencia de un aeródromo.
El piloto de la aeronave ha sido propuesto para sanción ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y la Subdelegación del Gobierno en Almería. Las multas por incumplir la normativa oscilan desde los 1.000-10.000 euros para infracciones leves (volar un dron sin licencia) hasta los 90.000-225.000 euros por infracciones graves (realizar vuelos en zonas restringidas).
La Policía Nacional ha recordado que el uso de aeronaves no tripuladas en entornos urbanos o próximos a infraestructuras críticas «requiere una planificación y coordinación previa con los organismos competentes».
La legislación vigente prohíbe volar aeronaves no tripuladas (UAS) por razones de seguridad ciudadana en núcleos de población, bases militares, hospitales, parques y jardines, aeropuertos y helipuertos o áreas residenciales y comerciales. El vuelo de drones para uso recreativo está permitido en parques alejados del núcleo urbano, campos y áreas abiertas –en lo que se conoce como geozona 6–, pero siempre con los permisos necesarios.
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