Elecciones Andalucía 2022

Nuevo golpe de la Junta Electoral a la izquierda: tumba a Adelante Andalucía una queja sobre Moreno

La diputada no adscrita, Teresa Rodríguez (d), junto al presidente de la Junta, Juanma Moreno (MARÍA JOSÉ LÓPEZ / EUROPA PRESS).
La diputada no adscrita, Teresa Rodríguez (d), junto al presidente de la Junta, Juanma Moreno (MARÍA JOSÉ LÓPEZ / EUROPA PRESS).
Borja Jiménez

La Junta Electoral Central (JEC) va a acabar cansada de las quejas de una izquierda andaluza que, sin embargo, no deja de meter la pata. Y es que la misma JEC que dio por buena la candidatura de Macarena Olona pese al numerito de la izquierda y que dejó fuera de las elecciones autonómicas a Podemos por su retraso burocrático, ha tumbado ahora una queja de Adelante Andalucía, liderados por Teresa Rodríguez (a quien la JEC ha dejado sin financiación), por una entrevista que Juanma Moreno, presidente de la Junta y candidato del PP Andaluz (PP-A) concedió en Antena 3.

Así, la Junta Electoral Central ha considerado que «no cabe apreciar una instrumentación electoralista de los recursos públicos que tiene asignado el presidente de la Junta de Andalucía para sus actividades institucionales», como denunciaba Adelante Andalucía.

Argumenta, por tanto, que no hay vulneración del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) por cuanto para «la realización y difusión de dicha entrevista se utilizaron exclusivamente los recursos espacios de un medio de comunicación privado».

El pronunciamiento de la Junta Electoral Central señala que «estima parcialmente el recurso y revoca parcialmente el Acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía».

El organismo electoral traslada su corrección del pronunciamiento de la Junta Electoral andaluza al argumentar que «del examen de la entrevista se infiere que la misma fue efectuada utilizando los espacios y recursos propios del medio de comunicación privado que la organizó», de ahí que deseche la «instrumentación electoralista de los recursos públicos».

La Junta Electoral Central señala que contra el acuerdo cabe «recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación», así como que da traslado a la Junta Electoral de Andalucía.

La Junta Electoral de Andalucía (JEA) trasladó que «no procede la adopción de medida alguna de carácter sancionador» sobre el presidente andaluz, aunque sí el recurso sobre el que se ha pronunciado la Junta Electoral Central como organismo de segunda instancia.

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