Andalucía

Multa de más de 2.000 € por utilizar una fuente de Jaén del siglo XVI para ¡lavar y tender la ropa!

El ayuntamiento pedía dos años de cárcel para el vecino, que colocó tres tornillos en las piedras centenarias de la fuente

Un vecino de Jaén de 58 años tendrá que pagar un multa de 2.160 euros por utilizar una fuente del casco histórico de la ciudad para lavar y tender la ropa. Los caños datan del siglo XVI y están declarados Bien de Interés Cultural (BIC).

Así lo ha dictaminado el Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén, que observa un delito contra el patrimonio histórico. El acusado instaló tres tornillos de diez centímetros de largo en la Fuente de los Caños «con ánimo de menoscabar el valor histórico, artístico y cultural del monumento», tal y como refleja la sentencia recogida por Europa Press.

Los tornillos provocaron daños materiales en la piedra valorados en 290 euros. Además, en concepto de responsabilidad civil se le condena a indemnizar al Ayuntamiento de Jaén, que ha ejercido la acusación particular en la causa, en 290 euros por los daños ocasionados al monumento. Inicialmente, el Consistorio llegó a pedir que se le impusieran dos años de cárcel, mientras que el Ministerio Fiscal reclamó un pena de multa de 7.200 euros.

Fuente del año 1559

La Fuente de los Caños es un momento histórico y artístico de la ciudad de Jaén, del año 1559, y que está afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural con la tipología de Conjunto Histórico.

El procesado por estos hechos no se personó en el juicio, aunque la vista se celebró en su ausencia y en ella prestó declaración un policía local que dijo que estaba de servicio cuando observaron que en la fachada de la fuente había tres tornillos que al clavarlos habían hecho saltar trozos de piedra.

Este agente relató que localizaron a la persona que los colocó y que era un vecino que vivía enfrente de la plaza y que reconoció que lavaba la ropa en la fuente y que había colocado los tornillos para tender la ropa. De hecho, el acusado retiró los tornillos en presencia del agente.

Es por todo ello que la juez lo condena como autor de un delito contra el patrimonio histórico en la modalidad de daños y le impone una multa de seis euros al día durante 12 meses -lo que supone un total de 2.160 euros-, ya que «se estima proporcionado fijar una cuota de seis euros al día» al no tener acreditada la capacidad económica del acusado y teniendo en cuenta la magnitud de los daños causados.