La Ley Montero permite rebajar de 8 a 6 años la prisión al violador de una niña de 14 años
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Desde la entrada en vigor de la ley del ‘solo sí es sí’, conocida también como Ley Montero, la Audiencia Provincial de Almería ha reexaminado un total de 70 causas, de las que 17 se han saldado con la rebaja de penas. La última, tal y como ha podido saber OKDIARIO Andalucía, se trata de una rebaja de dos años de prisión para el violador de una niña de sólo 14 años. El agresor pasará de estar ocho años en la cárcel a sólo seis gracias a la chapuza judicial de la ministra de Igualdad.
La Audiencia Provincial de Almería ha rebajado de ocho a seis años de prisión la pena a un hombre que en mayo de 2019 fue condenado por abusar sexualmente con penetración de una menor de 14 años en su domicilio en base a la ley orgánica 10/22 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la ley del ‘solo sí es sí’.
La Sección Segunda accedió a la revisión de la sentencia por la que el acusado, que contaba con 23 años cuando se cometieron los hechos, fue condenado a la pena mínima que entonces podía imponerse «sin realizar una especial motivación» de tal modo que, tras la reforma, dicha pena mínima se sitúa en los seis años de prisión.
Así, y según recoge el auto, en base a la unificación de criterios llevada a cabo en la Audiencia Provincial de Almería se ha acordado la rebaja de la pena que fue impuesta al entrar en los supuestos en los que dicha condena no está «especialmente motivada» y se ha establecido la pena mínima.
Del mismo modo, y respecto de la pena de privación de la patria potestad, de legal imposición conforme a la nueva regulación, el tribunal no considera procedente su imposición «al no constarle a esta Sala si el penado es padre o no, y al no haber tenido la oportunidad en su momento de formular alegaciones sobre este particular».
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratificó en junio de 2020 la pena del acusado, defendido por el letrado Roberto Muíño, por unos hechos que tuvieron lugar en la noche del 9 a 10 de diciembre de 2016, después de que el hombre propusiera a la menor, a la que conocía previamente y de la que sabía que tenía 14 años, mantener relaciones sexuales «afirmando que alguna vez tenía que ser la primera», a lo que la menor accedió.
El fallo condenaba además al hombre a aproximarse a la menor a menos de 300 metros y a comunicarse con ella durante un periodo de nueve años, toda vez que añadía cinco años de libertad vigilada en una sentencia que respaldaba la acusación de la niña como principal prueba de cargo.
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