La Junta de Andalucía amplía dos meses más sus ayudas a la dependencia
La Junta de Andalucía ha decidido prorrogar hasta el 28 de febrero de 2021 las medidas económicas vigentes que garantizan las prestaciones de la dependencia ante la actual evolución de la pandemia, tras su aprobación este lunes en Consejo de Gobierno.
Estas ayudas, que ya fueron prorrogadas el pasado mes de octubre hasta finales de año, están destinadas a la financiación del servicio de ayuda a domicilio y de los centros de día para personas mayores y centros ocupacionales para personas con discapacidad.
Tal y como refleja un comunicado emitido por el Gobierno regional y fruto de que el escenario de crisis sanitaria sigue vigente, se ha considerado necesario ampliar las medidas contempladas en el Acuerdo de 8 de septiembre de 2020 durante, al menos, dos meses más.
El objetivo de esta medida es proteger a las personas beneficiarias en situación de dependencia, al tiempo que se favorece la actividad económica de las entidades prestadoras y el mantenimiento del empleo.
Servicio de ayuda a domicilio
Para el servicio de ayuda a domicilio se contempla la reconfiguración del contenido de las atenciones domiciliarias de forma personalizada, verificando siempre que la persona queda debidamente atendida en sus necesidades. En todo caso, esto deberá garantizar la cobertura de las necesidades básicas de los usuarios de grado III (grandes dependientes) y grado II (dependientes severos).
Además, en caso de suspensión del servicio de forma presencial, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (ASSDA) de la Consejería de Igualdad abonará a los ayuntamientos y diputaciones provinciales el importe financiado establecido originariamente, a pesar de la reconfiguración del servicio, siempre vinculado al compromiso de la entidad prestadora de mantener el empleo.
Centros de día
En el caso de los centros de día para personas mayores y con discapacidad y de los centros ocupacionales, en el supuesto de imposibilidad de incorporación de la persona beneficiaria, se procederá a la reserva de la plaza mientras subsistan las circunstancias acreditadas por la autoridad sanitaria.
Por su parte, los centros deberán realizar tareas diarias de seguimiento domiciliario o de carácter telemático adaptadas a cada situación concreta. En esta circunstancia, la ASSDA abonará a las entidades por las plazas ocupadas la diferencia entre el coste de cada plaza y las cantidades que deberían abonar las personas titulares. Por otra parte, mientras reciba el servicio de manera no presencial, la persona beneficiaria tendrá una reducción del 60% en su aportación.
Finalmente, con el objeto de dar continuidad asistencial a aquellas personas beneficiarias que lo soliciten y que, por especial vulnerabilidad ante la situación de crisis sanitaria, hayan visto alterado sus circunstancias de forma permanente y sea imposible su incorporación a los centros de día, se priorizará la tramitación de la revisión de su Programa Individual de Atención.
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