Jaén revisará los casos de todos los condenados por delitos sexuales gracias a la Ley Montero
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La Audiencia de Jaén ha anunciado este jueves que revisará todas las sentencias dictadas en delitos contra la libertad e indemnidad sexuales analizando todos los casos gracias a la Ley Montero. De este modo, y tal y como han explicado, actuarán tanto a petición de las partes como de oficio cuando se considere que existe la posibilidad de revisión de la condena impuesta.
Así lo ha acordado la Junta de Magistrados del Orden Jurisdiccional Penal en una reunión celebrada este jueves bajo la presidencia del presidente de la Audiencia de Jaén, Rafael Morales, en la que han participado los presidentes y magistrados de las secciones Segunda y Tercera, competentes en materia penal.
El acuerdo, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), establece que se someterán a revisión aquellas sentencias firmes en las que la persona penada tenga pendiente de cumplir o se encuentre cumpliendo condena siempre que lo soliciten las partes y, también, cuando el tribunal, de oficio, considere que existe una expectativa razonable de revisión de la condena a la vista de la reforma del Código Penal introducida por la Ley Orgánica 10/2022, conocida como Ley Montero.
Los magistrados de las dos secciones revisarán las sentencias analizando caso por caso. Así, se realizará un análisis comparativo de la conducta sometida a juicio tipificada en ambas legislaciones, la ya aplicada en la sentencia y la de la legislación vigente, con independencia de la denominación que se haga de tipo penal en dichas leyes.
En este punto se barajan dos posibilidades: en primer lugar, si la pena fue impuesta de acuerdo al anterior marco penológico, sólo se revisará si la misma no está incluida en el marco actual introducido por la nueva Ley Orgánica; en segundo lugar, si la pena impuesta se realizó en el mínimo legal, la revisión se realizará si la nueva legislación establece un mínimo legal inferior al anterior.
El acuerdo suscrito por los magistrados estable asimismo que en el proceso de revisión se oirá al penado, a su defensa, al Ministerio Fiscal y al resto de partes intervinientes que formularon acusación. La resolución que se adopte será notificada a la víctima y será susceptible de ser recurrida de forma ordinaria mediante un recurso de súplica.
Actualmente en la Audiencia de Jaén hay pendientes de revisar cinco sentencias, tres de ellas en la Sección Segunda y dos en la Tercera.
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